Piden la nulidad del juicio por el homicidio de Guillán por contaminación del jurado

Manuel Rodríguez A CORUÑA / LA VOZ

VILAGARCÍA DE AROUSA

Cesar Quian

Uno de sus miembros fue visto hablando con varios familiares del acusado durante la vista oral y la defensa achaca dicho encuentro a «un hecho natural» que no influyó en las deliberaciones del jurado

03 mar 2015 . Actualizado a las 17:43 h.

Defensa y acusación particular defendieron esta mañana, en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó a Santiago Gómez por un delito de homicidio imprudente. Los hechos ocurrieron el 19 septiembre de 2012 en Guillán, Vilagarcia, cuando el acusado disparó con una escopeta de caza a su hermano Alfonso. En un juicio con jurado popular, Gomez fue condenado a 11 meses y 15 días de cárcel, pena ya cumplida.

La acusación particular pide la nulidad del juicio por la contaminación del jurado ya que, según argumentó, uno de sus miembros fue visto e incluso fotografiado, el tercer día del juicio, hablando con la hija, el hijo y un sobrino del acusado.

Para el abogado defensor ese encuentro fue algo natural que ni se constató. También destacó este letrado, la unanimidad del jurado en sus decisiones y que, en todo caso, esa persona solo suponía un voto de nueve.

En una intervención de una hora y media de duración, el letrado de la acusación particular también señaló un serie de defectos de forma en el procedimiento, como que el jurado diera por probado que la víctima usara una navaja grande para defenderse cuando la que fue encontrada, al día siguiente de los hechos en un muro de la casa, es «como de multiusos de cortauñas» y, además, distinta a como la definió el propio acusado en su declaración.

En su respuesta, el fiscal argumentó que en este caso hay unos «hechos probados sobre los que no cabe duda». Añadió que quedó probado que el acusado «el disparo lo hizo para defenderse de su hermano que iba con una navaja». Aludió, asimismo, a que los hechos ocurrieron muy rápidamente, con poca luz, que se da la atenuante de confesión, que no concurre agravante de parentesco y «la sentencia está debidamente fundamentada».

La defensa insistió en que el jurado lo vio claro y que en la apelación no se podía volver a revisar todas las pruebas. Y coincidiendo con uno de los argumentos del fiscal, hizo referencia al miedo del acusado cuando fue atacado con una navaja por su hermano, ya que arrastraban una vieja enemistad. En este sentido, aseguró que Santiago disparó por «miedo, por necesidad».