El TSXG niega el cambio de colegio a los cuatro alumnos que acosaron a un compañero durante cuatro años

A CORUÑA

La sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en A Coruña
La sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en A Coruña Marcos Miguez

El tribunal entiende que las medidas acordadas por el centro de Narón son suficientes al no existir un expediente disciplinario previo

08 feb 2024 . Actualizado a las 11:31 h.

Los padres de un estudiante de primero de bachillerato de un centro escolar de Narón que había sufrido acoso escolar por parte de cuatro compañeros pidieron a la Justicia que cambiase de centro a los autores de aquellas agresiones e insultos continuos que padeció el adolescente durante cuatro años. No entendían que su hijo tuviera que seguir cruzándose con ellos en el instituto. Es más, presentaron informes clínicos que demostraban que esa situación supuso que el menor tuviese que acudir a un psiquiatra, pues la angustia y el miedo que le provocaba tener cerca a sus acosadores le hacía la vida imposible. Incluso empezó a sacar malas notas, cuando antes era un estudiante brillante.

Cuando la Consellería negó el traslado de aquellos chicos condenados por bullying, los padres de la víctima recurrieron ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo al entender «vulnerados los derechos de la integridad física y moral, de la dignidad personal y de la educación y escolaridad». Recordaron a los jueces que su hijo «sufrió una situación de acoso escolar prolongado en el tiempo, desde el primer curso de la ESO hasta el bachillerato, situación que dio lugar a una condena a la Consellería de Educación a indemnizar con 3.000 euros a la víctima por los daños y perjuicios padecidos (agresiones y patadas tanto en el centro como en el autobús, y envío de WhatsApps en un grupo instando a agredir al menor). Tal La sentencia contra la Administración se basó en no haber adoptado las medidas suficientes ante la situación de acoso».

Los progenitores expusieron también que las medidas que acordó el centro escolar para evitar que se prolongasen más en el tiempo las agresiones, humillaciones e insultos «no fueron más que acuaciones aparentes, ya que hasta el día de la presentación del recurso no se había adoptado medida efectiva alguna, puesto que el adolescente seguía encontrándose con sus acosadores y teniendo que coincidir con los mismos en el recinto escolar, lo que le causaba grave perjuicio psíquico que no tenía el deber de soportar, recibiendo tratamiento psiquiátrico y psicológico por ello, además de que ese año su padre tuvo que llevarlo al instituto y recogerlo allí, por la gran ansiedad que le ocasiona el coincidir en el transporte escolar con algunos de ellos».

Tal situación largamente padecida, «le originaba graves perjuicios en su salud física y psíquica, además de afectar a su autoestima y a su rendimiento académico, por la intranquilidad que le provoca acudir al centro de estudios».

Finalmente, el centro escolar sí tomó medidas, como no hacer coincidir a acosadores y acosado en las aulas o en el bus, así como asignar un profesor para que vele porque aquellos hechos no se vuelvan a producir. Así las cosas, el TSXG determinó que en tales circunstancias «no está prevista la expulsión o cambio del centro escolar, tal como se solicitaba por los demandantes, porque para ello sería imprescindible la previa incoación y tramitación de un expediente disciplinario».