Bruselas expedienta a España por abusos en su normativa de desahucios

La Voz LA VOZ | EFE

ECONOMÍA

La Comisión Europea considera que el país no ha trasladado de manera adecuada a su legislación nacional las normas europeas para proteger «plenamente» al consumidor

28 abr 2016 . Actualizado a las 17:04 h.

La dramática situación que los desahucios han dejado en España en estos últimos años han hecho actuar a Bruselas. La Comisión Europea ha tomado cartas en el asunto y ha decidido abrir un expediente disciplinario al país. El organismo europeo cree que no se ha respetado la directiva 93/13 y que las autoridades españolas se han olvidado de que uno de sus objetivos es el de «garantizar que los consumidores estén plenamente protegidos contra las cláusulas contractuales abusivas».

A pesar de que la CE reconoce que España ha modificado algunos de sus leyes para mejorar las circunstancias de las personas sumidas en un proceso de ejecución hipotecaria, el organismo quiere más. Valoran las modificaciones que se introdujeron en el procedimiento civil a raíz de la sentencia bautizada con el nombre del demandante, Mohamed Aziz, después de que el tribunal de Luxemburgo declarara abusivas en marzo del 2013 las cláusulas hipotecarias españolas. Pero no es suficiente. Dicen que todavía les siguen preocupando «algunas cuestiones».

Las exigencias son sencillas. España debe adaptar a la legislación comunitaria su normativa nacional sobre el procedimiento civil que regula la ejecución hipotecaria y las órdenes de pago. Y si no se cumple, habrá consecuencias. Porque Bruselas ya ha amenazado con enviar un dictámen motivado en caso de no recibir una respuesta satisfactoria en este ámbito en el plazo de dos meses.

La directiva europea garantiza que el consumidor no quede vinculado por cláusulas abusivas cuando el contrato no haya sido negociado individualmente. Pero, ¿qué se considera como cláusula abusiva contractual? Bruselas mete en este saco a todas aquellas que causan un desequilibrio importante entre derechos y obligaciones de las partes y es contraria a las exigencias de la buena fe.

Los Estados miembros deben asegurarse de que sus leyes nacionales facilitan los medios efectivos para hacer valer estos derechos y que las empresas dejan de recurrir a tales cláusulas abusivas.