La renuncia a herencias en Galicia bate un récord en el arranque del año

Mario Beramendi Álvarez
MARIO BERAMENDI SANTIAGO DE COMPOSTELA

ECONOMÍA

ROI FERNANDEZ

Entre enero y marzo se contabilizaron 594, lo que supone un incremento interanual del 3 % en un contexto de recuperación económica

15 jun 2017 . Actualizado a las 23:00 h.

La comunidad gallega contabilizó en lo tres primeros meses del año 594 renuncias a herencias, según los últimos datos actualizados por el Consejo General del Notariado. Esto supone un 3 % más respecto al dato del primer trimestre del 2016, lo que muestra un aumento en un contexto de recuperación económica y aumento del empleo, y después de un año que vino marcado por la estabilización en las renuncias, que se habían disparado durante la crisis económica. En Galicia, concretamente, llegaron a triplicarse. Si se analizan los datos desde el inicio de la recesión nunca antes se había alcanzado en un primer trimestre una cifra de 594. Habría que remontarse al tercer trimestre del 2015 para hallar un balance más alto. Entre julio y septiembre de ese año, se alcanzaron las 628. El hecho de que haya alcanzado un récord vuelve a evidenciar que las secuelas de la crisis económica siguen vigentes, pese a la buena evolución de algunas variables. Y esto no tiene tanto que ver con el receptor como con el que lega, que ha podido acumular más deudas en vida. Y cuando se hereda, no solo se recibe el activo sino también el pasivo. La renuncia de herencias es consecuencia principalmente de la composición de la propia herencia. Si la herencia obliga al heredero a asumir deudas que tenía pendientes el fallecido, o la herencia tiene un valor económico tan escaso que es inferior a los costes administrativos de asumir la propia herencia, es habitual que el heredero decida renunciar. 

En contra de la creencia generalizada, que atribuye esta nueva realidad a la falta de liquidez para pagar los impuestos que se derivan del testamento, lo cierto es que el motivo mayoritario es otro: las deudas que asume del fallecido. Esto ocurre, por ejemplo, cuando se tiene derecho a una vivienda sobre la que pesa una hipoteca. Y cuya venta por parte del nuevo propietario, dada la desvalorización de los inmuebles con el pinchazo de la burbuja, tampoco satisfaría la deuda. La crisis ha desencadenado también otra circunstancia: que un mayor número de ciudadanos, en el momento de su fallecimiento, están más endeudados, bien porque las han contraído de forma personal o bien a consecuencia de afianzar o avalar las empresas de las que forman parte, una coyuntura cada vez más frecuente. La ley establece la posibilidad de aceptar una herencia a beneficio de inventario, y esto evitaría que quien recibe los bienes responda con su patrimonio a las deudas del testador, pero se trata, según los notarios, de un procedimiento farragoso que lleva a veces a buscar el cámino fácil a la renuncia.

En paralelo al repunte de la renuncia a herencias (en la mayoría de los casos por las deudas que contrajo el fallecido durante los años más duros de la crisis), Galicia asiste al aumento del reparto de herencias en vida, como consecuencia del mejor tratamiento fiscal. Esto es algo que puede hacerse en esta comunidad y otras cinco autonomías (País Vasco, Baleares, Navarra, Cataluña y Aragón)  que cuentan con derecho civil propio. Pero las bonificaciones fiscales introducidas en esta autonomía el 1 de enero del 2016 han disparado el número de casos. Según los últimos datos del Consejo General del Notariado, 15.073 ciudadanos de la comunidad gallega repartieron su herencia en vida en el 2016, una cifra que contrasta con los 7.090 casos del ejercicio anterior, y que supone un incremento del 112 %. Esto significa que, durante el pasado año, 22.968 contribuyentes gallegos presentaron autoliquidaciones por recibir bienes estando en vida la persona que los lega, una cifra que contrasta con los 12.352 del 2015, según los últimos datos actualizados por Facenda. Desde el inicio del pasado año 2016 , fecha en la que entró en vigor la rebaja en el impuesto de sucesiones aprobada por la Xunta, el mínimo exento que se establece es de 400.000 euros por heredero  (y sin contar la vivienda habitual), lo que facilita la transmisión en vida de una herencia sin que la persona que la recibe tenga que pagar impuestos a las arcas autonómicas.