La Fiscalía cree que Aguirre se benefició sin saberlo de una empresa de la Púnica

La Voz REDACCIÓN / AGENCIAS

ESPAÑA

Aguirre y el consejero de Sanidad de Madrid, Ruíz Escudero, en el 17 Congreso Autonómico extraordinario del PP del pasado mes de mayo
Aguirre y el consejero de Sanidad de Madrid, Ruíz Escudero, en el 17 Congreso Autonómico extraordinario del PP del pasado mes de mayo MARISCAL | EFE

Anticorrupción también exime a Ignacio González a pesar de la «existencia documental de haberse cometido un delito electoral en las autonómicas del año 2007»

20 jul 2022 . Actualizado a las 16:05 h.

La expresidenta madrileña Esperanza Aguirre se benefició de los servicios de reputación y posicionamiento en línea que prestaba la empresa del presunto conseguidor del caso Púnica, Alejandro de Pedro, sin ser consciente de ello, según expone la Fiscalía Anticorrupción para eximirla de responsabilidad en la presunta financiación irregular del PP madrileño.

El desconocimiento sobre la dinámica de los hechos investigados, unido a prescripciones y falta de indicios, han llevado al fiscal Alejandro Cabaleiro a pedir al juez de Púnica que saque de esta investigación a Aguirre.

En su informe, de 860 páginas, el fiscal concluye que de lo investigado «no puede considerarse acreditada la participación de Esperanza Aguirre», y «más allá de la prescripción de los delitos electores» en las elecciones autonómicas de 2007 y de 2011, «lo cierto es que no se han evidenciado indicios que permitan afirmar que la misma era conocedora de los mismos». Que tuviera «el control absoluto» del PP regional es «insuficiente», según la fiscalía, para procesarla en la pieza separada.

El fiscal considera, además, que «no existen indicios de cambios en las adjudicaciones, ni intentos de desvío de fondos». Asimismo, cree que «la credibilidad del inicial denunciante», el exalcalde de Majadahonda Guillermo Ortega, «resulta manifiestamente insuficiente, tanto por ser testifical de referencia, como por la posterior posición procesal del mismo».

Respecto a la superación del gasto electoral de 2007, el fiscal recuerda una llamada interceptada ese año entre Aguirre e Ignacio González, en la que la presidenta madrileña, en un momento dado, afirma: «que nos hayamos saltado el límite de dinero electoral para la campaña, pues puede, pero desde luego Fundescam no ha pagado».

«La llamada anteriormente expuesta es cierto que deja evidencia de que Aguirre pudiese sospechar, o intuir, que se había sobrepasado el límite del gasto electoral pero, igualmente, revela que no tenía conocimiento de cómo había sucedió, pues la aseveración que realiza en torno a la utilización de la Fundación Fundescam, descartando que fuese instrumento para ello cuando realmente lo era, es un indicio sólido de tal extremo», interpreta el informe fiscal. Descarta además que pudiera tratarse de «ignorancia deliberada, pero afirmar tal cuestión», añade, «considerando la ausencia de indicios resulta insuficiente para sostener una acusación».

Respecto de los trabajos de reputación en línea de la empresa de Alejandro de Pedro, que incluyeron la creación en octubre de 2010 de un blog (www.hablaconesperanzaaguirre.com) y un estudio sobre su imagen en redes, el informe sostiene que no ha podido acreditarse que ella tuviese conocimiento, «ni de la contratación de los trabajos, ni de su desarrollo, ni de cómo se abonaban los mismos».

Además, tiene en cuenta que Aguirre nunca se ocupó de forma directa o personal de sus redes sociales, siempre hubo una persona encargada de ello, «lo que ofrece el indicio de que la misma no era conocedora ni de sus contenidos ni de su forma de contratación» afirma Anticorrupción. Menciona así a la responsable de redes por aquellas fechas, la actual presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, de la que dice que «no solo» conocía a De Pedro, «sino que también mantenía una relación profesional» con él, y como prueba aporta un correo electrónico en el que le pide un «favorcito», consistente en si le puede preparar una plantilla similar a la del exconsejero Francisco José Granados.

Por estos hechos, la Fiscalía sí que ha pedido mantener en el procedimiento a la ex directora general de Medios de la Comunidad de Madrid Isabel Gallego y al que fuera jefe de Gabinete de Aguirre Borja Sarasola, entre otros.

Respecto a la presunta inclusión de una cláusula del 1 % para publicidad en adjudicaciones de consejerías madrileñas, la Fiscalía entiende que el cambio organizativo para que todas las contrataciones de publicidad tuviesen que recibir la conformidad de Isabel Gallego no es indicio de que Aguirre hubiese efectuado la nueva estructura con fines delictivos para financiar el partido. Y es que, prosigue el Ministerio Público, «ninguna de las personas respecto de las que existen indicios ha declarado que la misma (Aguirre) participase en procedimientos de contratación con las impresas de publicidad».

«Y el genérico hecho de que tenían un control absoluto de todo lo que sucedía, resulta claramente insuficiente para atribuir responsabilidad penal por hechos concretos», puntualiza la Fiscalía Anticorrupción.

Ignacio González a su llegada a una sesión de la comisión de investigación del Ayuntamiento de Madrid por el supuesto espionaje a Ayuso
Ignacio González a su llegada a una sesión de la comisión de investigación del Ayuntamiento de Madrid por el supuesto espionaje a Ayuso Luca Piergiovanni | EFE

La prescripción del delito electoral en las elecciones autonómicas del año 2007 evita el banquillo a Ignacio González 

La Fiscalía Anticorrupción cree que el expresidente de la Comunidad de Madrid y sucesor de Esperanza Aguirre Ignacio González pudo ser, «sin duda alguna», responsable de un delito electoral en las elecciones autonómicas del año 2007, donde era director de campaña para el PP, si bien afirma que la prescripción del delito impide sentarle en el banquillo de los acusados por ello.

Como sucede con su antecesora, el fiscal Alejandro Cabaleiro ha solicitado al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón que archive el caso Púnica para Ignacio González, si bien contra él ve más indicios que contra la también exministra.

En su informe, la Fiscalía afirma que no se puede contemplar la continuidad delictiva electoral «debido al dilatado lapso temporal entre unas elecciones y otras». Ignacio González, que sigue procesado en el caso Lezo, relacionado con una trama irregular en el Canal de Isabel II; fue «beneficiario» de trabajos de reputación realizados por empresas del entorno de la trama Púnica y cree que la investigación ha acreditado que el expresidente sabía de la existencia de dichos trabajos.

Señala que se realizaron campañas «para contrarrestar noticias negativas» que le afectaban «a título personal» relacionadas con causas judiciales como el ático de Marbella o el caso de los espionajes.

Y menciona también una «reunión» mantenida en la Asamblea de Madrid con el objetivo de que «desde diferentes entidades de la Comunidad de Madrid colaborasen para sanear las arcas públicas del Partido Popular madrileño, debiendo llegar al millón de euros», según la versión del exdirectivo de la Agencia de Informática y Comunicación (ICM) de la Comunidad de Madrid Silvano Corujo, que señaló que el ex consejero delegado de ICM José Martínez Nicolás así se lo había dicho.

El fiscal afirma que, «lógicamente», de acreditarse estos hechos serían constitutivos de delito, pero señala que, aunque se ha podido confirmar esta reunión, no se ha acreditado dicho contenido, pues Martínez Nicolás lo negó, la versión del denunciante es insuficiente y no hay «indicios de cambios en las adjudicaciones, ni intentos de desvío de fondos».

En cuanto al presunto líder de la trama Púnica, el exconsejero Francisco Granados, Anticorrupción deja claro que su «participación resultó clave» para introducir al conseguidor de la trama, Alejandro de Pedro, «en el ámbito» del PP en la Comunidad de Madrid y en el de las personas que realizaron parte de los trabajos de reputación sobre los que el magistrado ha puesto el foco.

Es por eso que, en su escrito, la Fiscalía solicita al juez que envíe a Granados al banquillo por su posible responsabilidad criminal por un delito electoral, otro de cohecho y otro de tráfico de influencias.