Los gallegos podrán hacer su testamento vital en dependencias sanitarias

E. Á. Santiago / La Voz

GALICIA

Hasta ahora las dos únicas opciones eran hacerlo ante notario o ante tres testigos mayores de edad

17 abr 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El primer decreto que desarrolla la Lei 12/2013 de Garantías de Prestacións Sanitarias es el que regula las instrucciones previas sobre cuidados y tratamientos de salud, es decir, el testamento vital de los pacientes. La Consellería de Sanidade ya tiene el borrador de este texto, cuya principal novedad respecto a la normativa que existía en Galicia es incorporar una tercera vía para establecer estas últimas voluntades: ante el personal del Rexistro Galego de Instrucións Previas o ante las unidades habilitadas para ello, es decir, en las propias dependencias de los servicios sanitarios.

Hasta ahora las dos únicas opciones eran hacerlo ante notario o ante tres testigos mayores de edad, siempre que dos de ellos no tuviesen ninguna relación de parentesco ni patrimonial con la persona que realiza el testamento vital. Estas últimas voluntades recogen las indicaciones de los pacientes respecto a qué cuidados quiere recibir en una situación en la que ya no puedan hacerlo personalmente, así como instrucciones sobre el destino del cuerpo, como la donación de órganos y tejidos para trasplantes o para investigación científica. El usuario también podrá nombrar a una persona para que tome la decisión llegado este caso.