El fotorrojo de Santiago penaliza doble

Tamara Montero
tamara montero REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

El registro informa erróneamente de que hay que pagar por las pruebas, aunque el Concello dice que fue puntual

10 feb 2016 . Actualizado a las 09:31 h.

-Chegounos unha multa dun fotorroxo. Pero queriamos recurrir e as fotos non as mandaron.

-Ai non, non as mandan. Se as queres ver podes ir a Xestión de Multas e ensínachas alí.

-¿Pero e se quero unha copia para recurrir?

-Se queres unha copia tes que pedila por rexistro, pero cóbranche 71 ou 72 euros.

-¿Como 71 euros?

-Si, calquera informe da Policía Local son 7,15 euros e se son documentos son 71 euros.

La conversación tuvo lugar la semana pasada en el registro del Concello de Santiago en la calle Galeras. No es la primera vez que ocurre. El Ayuntamiento compostelano reconoce que «algunha vez» se ha dado el caso de que en el registro municipal se le informa a los vecinos de que deben abonar 71 euros para obtener una copia de las fotografías, pero no hay que abonar un céntimo por ellas.

El personal del registro, erróneamente, hace referencia a la ordenanza de tasas por expedición de documentos administrativos, que establece que se cobrarán 71 euros en el caso de informes de la policía relativos a accidentes de circulación y 7,15 euros en el caso de informes de la policía de otro tipo. Pero esa misma ordenanza, en su artículo segundo, exime del pago de tasas, entre otros casos, por los «recursos administrativos contra resolucións municipais de calquera índole». Es decir, entre otras razones, por el recurso de una multa. En el Concello afirman que «este tema xa o falamos hai tempo coas persoas de rexistro e xa debería estar aclarado, non se cobra por este trámite».

Los que quieran una copia de las fotos sí deben solicitarla por registro «para que conste a súa petición rexistrada» y pueden escoger entre que se la envíen a casa por correo certificado o acudir a recogerlas a la oficina. E insisten: «Nunca se cobrou nada a ninguén por copias».

Diferencia de 30 euros

Ese fallo de comunicación en el registro fue el que se encontró una vecina a finales del pasado año. Desistió de recurrir y explica el razonamiento de manera muy sencilla: el pago en período voluntario sería abonar 100 euros y perder los 4 puntos del carné «que duelen, la verdad». Si solicitaba las fotos, recurría y no aceptaban sus alegaciones, habría abonado -teniendo en cuenta los 71 euros de los que la informaron erróneamente- 271 euros. «Por cien euros no me compensa, y tampoco ir al contencioso, porque hay que nombrar abogado y procurador», explica. Y la diferencia entre el pago voluntario y el supuesto abono de tasas sería de apenas 30 euros.

El requerimiento municipal que recogió en Correos era una notificación de denuncia por el fotorrojo de la avenida de Romero Donallo (uno de los tres que entraron en funcionamiento en septiembre). Acudió a Xestión de Multas, donde «me enseñaron en el ordenador una secuencia fotográfica» en la que aparecía su vehículo. Se identificó como conductora y pidió una copia de las fotografías para recurrir la sanción, de 200 euros y cuatro puntos del carné, por vía administrativa. «Me dijeron que tenía que pedirlas por registro». Allí «presento la solicitud y me avisan de que cobran por las fotos, así que protesto y pido no originales, sino fotocopias», sin saber todavía si le iban a cobrar por ellas. «Después de Navidad opté por pagar, porque lo ponen todo tan cuesta arriba... Y yo al contencioso por cien euros no voy a ir». Desistió de la petición de pruebas y de recurrir la multa a través de un escrito y abonó los 100 euros.

Hay ayuntamientos que mandan las pruebas con la denuncia y otros dan una página web

«Cada Ayuntamiento tiene potestad de organizarlo como quiera». Es la respuesta de Automovilistas Europeos Asociados, que ya ha recurrido cientos de multas de fotorrojos en Madrid, a cómo es el procedimiento para obtener las pruebas de una sanción por una cámara en un semáforo para recurrir la multa. La ley establece que lo que hay que evitar es una situación de indefensión del afectado, y por eso «si recibes una notificación puedes pedir las pruebas y ellos deben facilitar el acceso a las mismas».

Por eso, hay distintos sistemas, dependiendo del ayuntamiento. En Santiago permiten a los sancionados ver la secuencia fotográfica en el departamento de gestión de multas. En Madrid, según explican en AEA, sí que aportan las pruebas fotográficas con la notificación de la sanción. En otros ayuntamientos, sin embargo, lo que han establecido es el acceso electrónico: proporcionan una dirección web a la que el afectado puede acceder desde cualquier ordenador y visualizar las pruebas. Este sistema por ejemplo, es habitual cuando se trata de vídeos de la infracción y no de fotografías. Incluso se da el caso de administraciones municipales en las que «hay que hacer alegaciones si quieres ver las pruebas», por lo que quedaría anulado el pago voluntario, por el que solo se abona el 50 % de la cuantía de la multa. Es decir, por una multa por saltarse un semáforo en rojo pasaría de 200 a cien euros si se desiste de recurrir la sanción y se paga en período voluntario.

Desde Automovilistas Europeos Asociados también explican que se puede hacer un recurso administrativo sin aportar las fotografías, y que en el caso de acudir a la vía judicial «la parte pide todo el expediente, porque es como el abogado elabora la demanda», por lo que ahí ya estarían incluidas las pruebas.