El Supremo confirma los 20 años de cárcel para el hombre que mató a puñaladas a su mujer embarazada en Pontevedra

La Voz

GALICIA

El autor del asesinato asestó 16 puñaladas a su cónyuge en el 2014

21 mar 2017 . Actualizado a las 17:53 h.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 20 años de cárcel al hombre que mató a su mujer, embarazada de cinco semanas, de 16 puñaladas el 24 de febrero del 2014, por un delito de asesinato en concurso ideal con uno de aborto. Tanto la Fiscalía como la acusación habían pedido que no se rebajara la pena.

Según una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, José Luis Cortiñas Romero asesinó a su mujer, cuyo cuerpo fue abandonado por su esposo en un descampado, en una pista forestal de O Marquiño (en O Pino), cubierto por restos de maleza y chatarra.

El Supremo considera probado que el hombre viajaba en un vehículo junto a su mujer con el propósito de acabar con su vida, le golpeó varias veces en la cabeza y la cara, ocasionándole una herida incisa contusa en el puente de la nariz, además de una fractura desplazada de huesos propios, un hematoma periorbitario derecho y varias contusiones en la región frontal del cuero cabelludo.

Además, le asestó tres puñaladas en el cuello, una en la muñeca y doce en la región anterior del tórax con un objeto cortante, lo que le produjo la muerte inmediata. 

El jurado lo había acusado de pegarle una brutal paliza a su esposa cuando viajaban en el coche después de que él se la llevase, contra su voluntad, del domicilio de su madre en Vilaboa (Pontevedra).

La Sala II del Supremo ha rechazado íntegramente el recurso del hombre, que pretendía que se le aplicase la atenuante de obcecación, basándose en que había discutido con su mujer antes del crimen, y que se le anulase la agravante de alevosía. 

Así, el Tribunal Supremo subraya que se tuvo en cuenta que el ataque fue «sorpresivo e inesperado», el número de puñaladas y que, tal como reveló la prueba forense, el cuerpo de la víctima no presentaba ninguna herida de defensa, además de no aparecer restos de ADN del agresor en las uñas de la víctima.

La sentencia aplica también el agravante de parentesco y la atenuante de confesión. Asimismo, el acusado deberá indemnizar a los hijos menores de la víctima, al tiempo del fallecimiento, con 60.000 euros, y con 30.000 euros a los mayores.