La Justicia rechaza suspender de forma cautelar el decreto de pisos turísticos

Susana Acosta
Susana Acosta REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

RAMÓN LEIRO

El TSXG considera que no queda acreditado que la norma vulnere la libre competencia

15 jul 2017 . Actualizado a las 13:00 h.

Antes de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia dicte sentencia sobre el recurso que la Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia (Aviturga) presentó en contra del decreto que regula el alquiler vacacional, el alto tribunal ha emitido un auto en el que rechaza la suspensión cautelar de la norma autonómica, que entró en vigor el 10 de mayo, tal y como había solicitado Aviturga. También le obliga a pagar las costas de este proceso previo, que estima en 500 euros.

Entre los argumentos por los que el TSXG no considera necesaria la suspensión cautelar, figura el hecho de que Aviturga no ha acreditado cuáles son los perjuicios que el decreto le ocasiona a sus asociados: «La adopción de las medidas cautelares exige, por un criterio de prudencia y como presupuesto básico para su adopción, que los solicitantes justifiquen razonablemente los perjuicios que con la suspensión tratan de evitar. En el presente caso nada se ha ni siquiera alegado, por lo que concurre un primer motivo para la denegación, habida cuenta de que la suspensión habría de venir precedida por la acreditación de que la aplicación del decreto impidiera a los asociados prestar los servicios que vinieran desarrollando y en qué medida les afecta», dice el auto.

Tampoco ve el TSXG un motivo favorable para decretar la suspensión cautelar del decreto si analiza en qué medida se ve afectado el interés público. En cambio, valora positivamente la regulación de esta actividad, que se fomente la fiscalidad y tributación y que se ofrezcan garantías a los usuarios: «Tampoco la ponderación de intereses resultaría favorable para la adopción de la medida cautelar, habida cuenta de que justificado en los antecedentes del decreto la regulación por la incidencia que la actividad tiene en la actividad económico y social, las consecuencias en orden a la fiscalidad y tributación, las exigencias de garantías y seguridad de las personas usuarias, en materias tales como las molestias causadas a los residentes y a la ciudadanía por este tipo de establecimientos [...]».

Con las mismas exigencias

Asimismo, también entra a valorar si el decreto afecta a la libre competencia, un hecho que el TSXG asegura que no queda acreditado y valora que toda la oferta turística pueda trabajar en igualdad de condiciones y exigencias: «[...] Señalando además la necesidad de atender a los casos de intrusismo y competencia desleal, no cabe anteponer unas supuestas limitaciones a la libre concurrencia que no se acreditan, cuando parece que se intenta poner en orden la oferta en un ámbito relevante, como es la oferta turística en la comunidad que, de obtenerse, incrementaría por una parte la seguridad de que todos los ofertantes se acomoden a unas mismas exigencias y la garantía en los consumidores de que las ofertas que reciben responden a las exigencias impuestas en las normativas y la confianza en que de no hacerlo tendrán la posibilidad de formular una reclamación».

Por su parte, Turismo de Galicia considera que este auto «vén a desestimar na súa totalidade a solicitude de suspensión deste decreto» y «permite a súa continuidade» . La Xunta también ha destacado que «o TSXG considera que o decreto galego de vivendas de uso turístico non limita nin restrinxe a competencia, senón que pon en orde a oferta nun ámbito relevante, incrementando a seguridade de que todos os ofertantes se acomoden a unhas mesmas esixencias e a garantía para os consumidores». Además, también ha querido destacar que la norma se redactó «con transparencia e man a man co sector, recollendo as súas inquedanzas, coa intención de elaborar un decreto consensuado, flexible de moi sinxela aplicación sendo, en comparación con outras comunidades autónomas, un dos decretos menos restritivos».

Desde la entrada en vigor del decreto, se han dado de alta algo más de 3.600 viviendas turísticas en toda Galicia. Cabe recordar también que además de la sentencia del TSXG que está todavía pendiente por el recurso que presentó Aviturga contra este decreto, también está pendiente el acuerdo al que la Xunta debe llegar con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que sí ve que se cuestiona el libre mercado. De no llegar acuerdo, la CNMC acabaría recurriendo también al TSXG, como ya lo ha hecho en otras comunidades con éxito. Contra este auto cabe recurso de reposición.