Queso y carne podrán venderse en las ferias como hasta ahora

X.M.PALaCIOS / L.REY VILALBA, LUGO / LA VOZ

LEMOS

ROI FERNANDEZ

Medio Rural subraya que se trata de productos con otra reglamentación

29 oct 2014 . Actualizado a las 05:00 h.

Los quesos y las carnes podrán seguir vendiéndose en ferias como hasta ahora. Los productores no deberán realizar los trámites que sí serán obligatorios para otros campesinos que deseen comercializar sus productos agrarios, y esos productos estarán al margen de las exigencias que sí se imponen a otros, como hortalizas o carnes.

Fuentes de Medio Rural explicaron ayer que esa cuestión se debía a que productos como los quesos tienen una reglamentación distinta. De hecho, el decreto sobre este asunto que se publicó en el DOG el pasado 30 de septiembre solo incluye referencias explícitas a productos de cinco clases -de frutas y productos silvestres a legumbres y hortalizas pasando por miel, huevos y setas-. Lo que sí se precisa, en el caso de productos como los quesos, es la inscripción en un registro sanitario.

Ferias desiertas

La posibilidad de que los quesos quedasen excluidos de la tradicional presencia en ferias y mercados no solo causó inquietud en algunos municipios, sino que en otros ya se reflejó en situaciones concretas: así ocurrió, por ejemplo, el pasado domingo en Monterroso, en donde el certamen se vio falto de vendedores a pequeña escala. En otros concellos, como Friol, el propio gobierno local, en manos del PP, aseguró que la medida podría constituir un golpe a la actividad ferial y a la vida económica rural.

En cuanto a ausencias de vendedores que hayan podido darse o se lleguen a plantear, la consellería descartó cualquier relación entre ese hecho y el recién aprobado decreto. Por otro lado, para los productos que entran en ese decreto sí se han establecido ya medidas de control que supervisen su cumplimiento: la Xunta tiene inspectores que pueden encargarse de esa tarea y que puede ir a las ferias, según informaciones de Medio Rural, «en calquera momento».

Para lograr la homologación con las condiciones exigidas por la Xunta, el solicitante solo debe de cubrir un impreso en el que debe de anotar el código de explotación, que a su vez ha de estar inscrita. La regularización no es viable para las personas que llegasen a la jubilación.