Última hora:
La gallega Jéssica Bouzas gana a Paula Badosa y avanza en el Másters de Madrid

Condenado a 14 años el hostelero que casi mata de un tiro a su pareja en Chantada

Carlos Cortés
carlos cortés CHANTADA / LA VOZ

LEMOS

ALBERTO LÓPEZ

El tribunal no tiene «ninguna duda» de que el procesado quiso acabar con la vida de la víctima

20 may 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El hostelero que le pegó un tiro en la cabeza a su pareja en el interior del su hamburguesería el último día de las fiestas de Chantada del 2014 tendrá que cumplir una condena de catorce años y medio de cárcel. El tribunal que lo juzgó considera que lo ocurrido aquel 27 de agosto en la hamburguesería Piscis mientras a pocas decenas cientos de personas disfrutaban de la última verbena de las fiestas es un intento de asesinato. Los jueces reconocen que el procesado se había drogado con cocaína, y por eso rebajan un poco la pena que pedían las acusaciones. Pero niegan que su estado le impidiese ser consciente de lo que estaba haciendo, el argumento con el que la defensa pidió su absolución.

En una sentencia firmada el jueves y hecha pública ayer, quince días después de que terminase el segundo de los dos días de juicio por estos hechos, la Audiencia de Lugo considera probado que Antonio Fernández Fente le puso una pistola en la sien a la víctima y apretó el gatillo con la intención de quitarle la vida. Ocurrió a eso de las seis de la tarde del 27 de agosto del 2014 en el interior de la hamburguesería de la céntrica plazuela de Santa Ana que regentaba el acusado, que entonces tenía 44 años, y en la que Sonia F.D., de 31, trabajaba como camarera. Eran pareja desde hacía aproximadamente tres años. Habían cerrado la hamburguesería al público la noche anterior, y el resto de los camareros se habían marchado a las cuatro de la mañana, pero ellos pasaron allí la noche y allí siguieron al día siguiente, sin llegar a abrir el establecimiento al público. A las seis de la tarde ya llevaban un tiempo discutiendo por razones personales. La situación entre ambos se enrareció tanto y él se puso tan agresivo que la mujer se asustó y quiso marcharse.

La sentencia sostiene que la víctima corrió desde la cocina en dirección a la puerta de salida. Los jueces consideran probado que él salió tras ella y la tiró al suelo de un empujón. Después, «la sujetó, le puso la pistola en la cabeza y le disparó». Fue un disparo a cañón tocante. La bala le entró por la sien y la derribó al momento. Pasaron varias horas hasta que unos agentes de la Policía Local rompieron la cristalera de la hamburguesería para entrar y detener al sospechoso. Ella seguía inmóvil en el suelo.

Los policías acudieron porque un vecino los alertó. El hombre pasaba a las seis de la tarde frente a la hamburguesería y presenció una parte de la escena dramática que sucedía dentro. Pero no la vio completa. No se dio cuenta de que se había producido un disparo y pensó que se trataba de una discusión subida de tono, pero no algo tan grave como realmente había sido. Pero se quedó preocupado y a última hora de la tarde decidió contarle a la Policía Local lo que había visto.

Los jueces están de acuerdo con la Fiscalía y la acusación particular en que se trató de un intento de asesinato y no de homicidio, lo que supondría una condena más reducida. Tienen en cuenta que Antonio Fernández Fente utilizó una pistola para agredir a la víctima y una sentencia dictada en el 2012 por el Tribunal Supremo deja sentado que si en una agresión repentina de estas características se emplea un arma de fuego el agresor no corre ningún riesgo, porque su víctima carece de posibilidad real de defensa. Es lo que caracteriza una agresión con alevosía, uno de los elementos que diferencian un asesinato de un homicidio.

Las razones de la rebaja

De todas formas, la Audiencia Provincial rebaja un tanto la pena que pedían las acusaciones por el delito principal. En vez de los catorce años de prisión que proponían, le aplican doce. No aceptan que el hecho de que el acusado hubiese consumido cocaína sea una eximente completa, como sostenía la defensa -que como mucho proponía una simple condena de unos meses de cárcel por un delito de lesiones-, pero sí que el estado de excitación en el que se encontraba el acusado por culpa de esa droga es un atenuante. Los otros dos años y medio de prisión que establece la sentencia corresponden a una condena por tenencia ilícita de armas, porque Antonio Fernández Fente no tenía licencia para la pistola que utilizó en la agresión.