Matan a una corza y la tapan con una chaqueta para despistar a los guardias

Xosé Carreira LUGO / LA VOZ

LUGO

Un cazador llega al TSXG en disconformidad con una multa de 7.500 euros por la matanza del animal

25 may 2016 . Actualizado a las 15:33 h.

Un cazador involucrado en la muerte a tiros de una corza, que luego fue introducida en un saco y metida en el maletero de un coche, recurrió al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en disconformidad con la sanción que le impuso la Consellería de Medio Ambiente. Pero el alto tribunal no le da la razón y, de momento, sigue ratificada la sanción de 7.500 euros y la retirada de la licencia de caza y la inhabilitación para poder obtenerla durante un tiempo de siete años. Los hechos arrancan de una noche de caza, presuntamente furtiva, llevada a cabo a principios del mes de febrero del año 2014 en montes del municipio de Sober.

Cuando una patrulla de la Guardia Civil, sobre las tres de la madrugada, descubrió al animal en el maletero de un coche, todavía estaba caliente. El autor o autores de la matanza taparon el saco con una chaqueta como medida de precaución por si los descubrían, lo que acabó sucediendo. La denuncia formulada por la Guardia Civil llevó implícita la sanción ya reseñada y uno de los sancionados optó por presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

El abogado del afectado, alegaba la caducidad del expediente sancionador ya que fue incoado en marzo de 2014 y el último intento de notificación tuvo lugar en diciembre del mismo año. Pero esta alegación fue desestimada por la sala de lo contencioso administrativo del alto tribunal gallego que considera que los intentos de notificación fueron dentro del plazo de nueve meses que prevé la Lei de Caza de Galicia.

Advierte el TSXG que, una vez rechazada la alegación de caducidad, no puede prosperar el recurso con otras alegaciones apuntadas como, por ejemplo, la de la solicitud de la nulidad de la prueba testifical por indefensión e incerteza de los hechos. «Resulta -apunta la sentencia- que las alegaciones no van acompañadas de elementos de acreditación y ni siquiera de específica solicitud de práctica de pruebas que pudieran respaldarlas, siendo de recordar que es inaceptable que el escrito de conclusiones se utilice para suplir la llamativa carencia del escrito de demanda en cuanto al desarrollo de las cuestiones de fondo. En todo caso nada ha sido aportado por el demandante, que permitiera, siquiera indiciariamente, tener por desvirtuado lo observado personal y directamente por los agentes de la Guardia Civil».

El demandante era una de las tres personas involucradas en el atestado que se inició porque una patrulla que estaba de vigilancia por la pista que comunica los lugares de Matamá y Carqueixa, en la parroquia de San Martiño de Anllo, en el municipio de Sober.

Los dos agentes que estaban en el lugar observaron una furgoneta sospechosa. Estaba parada al margen de la pista, pero el conductor reanudó la marcha cuando se percató de la presencia de la Guardia Civil. El vehículo iba ocupado por tres personas que fueron identificadas y registrado posteriormente el vehículo.

En la furgoneta apareció un rifle con munición y listo para ser disparado. Además, en el maletero estaba la corza muerta, metida en un saco que cubrieron con una chaqueta. El animal, dice el atestado, estaba aún caliente y sangraba porque presentaba una herida de bala.

Los agentes pidieron explicaciones a los tres ocupantes del vehículo sobre lo que hacían a esas horas y, según el atestado, reconocieron que habían abatido la corza. Les fue incautado el rifle y también el animal que fue entregado a la residencia de la tercera edad Nosa Señora del Carmen.

Dice el TSXG que, el examen del expediente, revela que el demandante tuvo oportunidad de formular alegaciones y no se detectó que hubiese sufrido situación efectiva de indefensión.

«La presencia a las tres de la madrugada de una corza aún caliente y sangrante con herida de bala, metida de en un saco de plástico azul tapado con una chaqueta, dentro del maletero de un coche, en el que también se encontraba un rifle con visor de alcance revela, más allá de toda duda razonable, la efectiva comisión por el demandante de una infracción muy grave», dice el fallo.