Una de las declaraciones de Liñares fue en un bar y sin abogado ni lectura de derechos, dice su letrado

M.C. / E.G.S.. LUGO / LA VOZ

LUGO CIUDAD

Asegura que un agente dijo al exedil que o aparecía el dinero que tenían él y el alcalde o pondrían la casa patas arriba

14 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El abogado de Francisco Fernández Liñares, exconcejal y expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, investigado en la operación Pokemon, ha presentado recurso de apelación para intentar que la Audiencia revoque el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, del que es titular Pilar de Lara, por el que transforma las diligencias previas en procedimiento penal abreviado. Pretende el abogado Evaristo Nogueira que se tome declaración a Liñares «en calidad de investigado, decretando la nulidad de las actuaciones procesales de cualquier índole que tengan relación con la detención ilegal de mi representado y asimismo decrete la nulidad de las entradas y registros en los domicilios de mis representado». La solicitud de nulidad de las actuaciones llevadas a cabo las basa la defensa de Liñares en cómo se llevó a cabo su detención.

Según su abogado, Liñares efectuó su primera declaración en sede judicial el 24 de septiembre de 2012, cuando ya, según asegura, había «transcurrido el plazo de detención». Declaró también ante la autoridad judicial, siempre según el letrado, los días 15 de octubre, 20 de octubre y 5 de diciembre de 2012. Asegura que «tales declaraciones fueron evacuadas en una situación de privación de libertad irregular, como se corroboró después por la propia resolución de la Audiencia Provincial de 8 de enero de 2013». En dicha resolución la Audiencia declaró la nulidad insubsanable -recuerda el abogado- del auto por el que se decretó el ingreso en prisión de Liñares y del que dictaba la prórroga de la detención.

En el recurso de apelación se señala que la nulidad de actuaciones estriba «en cómo se llevó a cabo la detención», y alega que «no es igual prestar una declaración en una situación de privación de libertad (...) que aquellas hechas sin ese condicionante, agravada por le hecho (...) de que la situación de privación de libertad devino irregular».

Registros

El letrado recuerda que Liñares fue detenido el 20 de septiembre de 2012, a las 8.15 horas, en la calle, cuando se dirigía a su trabajo. Ya en calidad de detenido, fue trasladado a su domicilio. El registro siguió hasta las 15.20 horas, según el abogado, y «la prometida presencia de la letrada» seguía sin existir. El registro se reanudó por la tarde «sin la presencia letrada». Seguidamente se trasladan a la casa de Liñares en A Ponte y pasada la medianoche se interrumpe el registro hasta el día siguiente. «De nuevo -señala el abogado- sin la presencia de letrado (...); se reanuda al día siguiente, también -asegura- sin presencia de abogado. Dice que en este trámite Liñares sufrió cierta «presión», con recomendaciones como «no seas tonto y no te comas tu solo el marrón» o «tiene que saber mucho de las cuentas del partido».

El abogado asegura que el día 21 por la mañana «un funcionario de Vigilancia Aduanera, visiblemente enfadado, le dijo a mi representado que si no aparecía el dinero que tenían guardado el alcalde y mi defendido, removerían y pondrían patas arriba toda la parcela, incluso la casa si era necesario».

Finalizado el registro en A Ponte, se trasladan a la propiedad de Liñares en Vilar de Olveira (Dumbría), donde el registro es muy rápido porque la casa está vacía.

Declaración en un bar

El abogado de Liñares explica así lo que, según él, sucedió después: «A continuación mi representado entra en el vehículo de Vigilancia Aduanera, y sucede algo procesalmente irregular. Nos explicamos: Los agentes deciden parar en la localidad de Santa Comba en un bar, al efecto de proceder a cenar. Ahí se produce una declaración totalmente anormal, sin presencia letrada. Nada más y nada menos que en un bar, sin lectura de derechos, después de 23 horas de registro, sin presencia de abogado, se le toma declaración manuscrita a mano por un agente, y se une a autos, en la cual, en esa declaración, mi representado se comprometía a ratificarlo en sede judicial. Simplemente impropio de un estado de derecho, vulnerando innumerables preceptos procesales, penales y constitucionales incluyendo el artículo 24 de la Constitución». Añade: «Esa fue la razón por la que en sede judicial mi representado, a pesar de que su letrada le recomendó no declarar, lo hizo en cumplimiento de lo pactado con los agentes de Vigilancia Aduanera, por tanto decidió declarar, ratificando lo manifestado en el bar. Estamos así ante unos acontecimientos completamente anómalos y especialmente graves, en contradicción plasmante con un Estado de Derecho».

La solicitud de nulidad se basa en el exceso de detención de Liñares

«Estamos ante unos acontecimientos completamente anómalos»