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Pesca acreditará la experiencia a primeros oficiales sin la titulación

s. serantes VIVEIRO / LA VOZ

PESCA Y MARISQUEO

S. Balvis

Beneficiará a patrones costeros polivalentes y a los de segunda de pesca litoral

20 abr 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Después de la modificación de los títulos profesionales del sector pesquero, así como de las tripulaciones mínimas para faenar, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha decidido acreditar la experiencia de primeros oficiales que ejercen con menos titulación de la requerida. Patrones costeros polivalentes y patrones de segunda clase de pesca litoral «conservarán la atribución para poder enrolarse como primer oficial de puente en el mismo buque en el que lo viniesen haciendo habitualmente».

Al menos esa es la intención, declarada en un real decreto que ha sido enviado a organizaciones pesqueras para que se pronuncien. Podrán ejercer de primeros oficiales de puente quienes «con anterioridad al 29 de septiembre del 2012 estuviesen ocupando de forma habitual el puesto de primer oficial de puente en un buque de pesca español».

Agricultura acreditará la experiencia de patrones costeros polivalentes y de segunda clase litoral al haber «constatado una laguna legal en el tratamiento de las atribuciones reconocidas históricamente» a esos titulados náutico-pesqueros. Sus títulos profesionales son los «inmediatamente inferiores» a los requeridos para ejercer de primer oficial de puente en pesqueros.

España les reconocerá competencias porque «han desempeñado durante mucho tiempo atribuciones [de primer oficial de puente] con garantía de seguridad y plena profesionalidad». A mayores, agrega el proyecto de real decreto, «gozan de amplia experiencia laboral ejerciendo el puesto de trabajo de primer oficial». Por eso «se considera adecuado concederles las atribuciones necesarias para que puedan permanecer a bordo de los buques en los que están enrolados».

A la hora de plantear la modificación normativa, el Ministerio de Agricultura también tiene en cuenta el Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de buques pesqueros. Data de julio de 1995 y entró en vigor el 29 de septiembre del 2012. De ahí que esa sea la fecha de referencia para aplicar lo que el Gobierno español «considera necesario: reconocer las atribuciones cuando dichos profesionales ya estaban desempeñando el citado cargo a la entrada en vigor del convenio internacional».

El cambio normativo se incorpora al de enero del año pasado, cuando España actualizó la legislación que regula los títulos profesionales en la pesca. Se modificaba así la reglamentación anterior, adaptándola a la internacional. Desde entonces se dividen en tres secciones: puente, máquinas y polivalentes. Son los de capitán de pesca, patrón de altura, patrón de litoral, patrón costero polivalente, patrón local de pesca, marinero pescador, mecánico mayor naval y mecánico naval.