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El Supremo revisará el archivo del caso de Vidal Armadores por pesca pirata

e. abuín REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

Admite a trámite el incidente de nulidad presentado por Oceana y Greenpeace para ser escuchados

17 mar 2017 . Actualizado a las 11:44 h.

No fueron pocos los que no podían salir de su asombro al conocer que el Tribunal Supremo había decidido archivar la causa por pesca pirata y delito medioambiental, falsedad documental, blanqueo de capitales y organización ilícita que se seguía contra la empresa de Ribeira Vidal Armadores. Alegaba el Supremo falta de jurisdicción para juzgar un delito que lo es en territorio español, pero no en la Antártida, donde los barcos de la compañía supuestamente habían capturado la merluza negra con la que se habrían enriquecido.

Los primeros estupefactos fueron los agentes de la Interpol, que nunca antes habían contado con tanta colaboración internacional y reunido tantas evidencias para sustentar su teoría de que los buques Yongding, Kunlun y Songhua extraían merluza negra con artes de enmalle en aguas de la Convención para la Conservación de los Recursos Marinos Vivos de la Antártida (CCAMLR). También que los Vidal tenían montado un entramado societario en España con empresas pantalla en otros países para blanquear los beneficios económicos.

El Gobierno español, que impuso multas de 17 millones de euros al clan de los Vidal, quedó noqueado al conocer el archivo de una causa que la Audiencia Nacional veía clara.

Por sorprender, la decisión dejó perplejo incluso a uno de los magistrados del Tribunal Supremo que estudiaron el caso. Antonio del Moral, en un duro voto particular, discrepó del resto de sus colegas en cuanto a la falta de jurisdicción de los tribunales españoles para juzgar los delitos. Del Moral sostuvo que ese principio de personalidad al que se aferraban los abogados de la familia Vidal -esto es, que debe darse una doble incriminación y que los ilícitos penales que se le imputan a los armadores lo fuesen también allí donde se cometen-, no puede «convertir los espacios terrestres, marinos o espaciales en ciudades sin ley». Más gráfico fue al explicar que el razonamiento del Supremo «supondría que actos como acribillar a disparos en alta mar desde un barco sin pabellón a náufragos que luchan por no ahogarse sería ajeno a la jurisdicción española aunque los autores sean españoles, residan en España y desembarquen en territorio español».

A esa discrepancia se aferran ahora las organizaciones ecologistas Oceana y Greenpeace para poder revisar el archivo de la causa. Ambas han presentado un incidente de nulidad porque consideran que deben ser escuchados, dado que no han podido hacerlo antes. Y el Tribunal Supremo admitió a trámite ese recurso que en el caso de Oceana ha presentado el letrado Jose Antonio Infiesta del bufete Islaw.

«No podíamos creernos el fallo del Supremo; nos negábamos a aceptar que España decidiera permitir el delito en alta mar. No podíamos creer que los tribunales decidieran echar por tierra la labor pionera del Gobierno en la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. Permitir estas operaciones es una vergüenza para España y un escándalo internacional», dijo ayer Lasse Gustavsson, director ejecutivo de Oceana en Europa.

El alto tribunal tendrá ahora que reunirse para decidir si, tras escuchar a los ecologistas, confirma el archivo o admite la causa.