Prisión permanente revisable

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

emilio moldes

15 jul 2017 . Actualizado a las 10:13 h.

Como jurista, deseo aclarar que aquellos que piensan que la prisión permanente revisable será la solución para sacar de la calle a los delincuentes más execrables están equivocados. Efectivamente es la máxima pena privativa de libertad que recoge nuestro Código Penal, y únicamente puede ser impuesta en supuestos de excepcional gravedad, pero está sujeta a revisiones tras el cumplimiento de una parte de la condena, por lo que el penado puede obtener una libertad condicionada, o permisos de salida, al cumplimiento de ciertas exigencias. Es decir, más o menos lo existente hasta que el parricida de Moraña resultó condenado a la primera prisión permanente revisable de España, pero con una denominación que en su día pudo resultar rentable electoralmente para el PP. Sería mucho más efectivo que los criminales más peligrosos tuvieran que cumplir íntegramente las penas, pues de esa manera el parricida pontevedrés jamás sería excarcelado, y con este sucedáneo de la cadena perpetua, más tarde o más temprano, acabará siendo puesto en libertad. Siguiendo a Concepción Arenal, soy partidario de la reinserción social de los delincuentes, pero no de aquellos que con la mayor de las alevosías son capaces de asesinar a sus propias hijas, de 9 y 4 años. En este caso, no creo que la prisión permanente revisable sea suficiente castigo.