Las multas a los que ocultan bienes en el extranjero

OPINIÓN

Dependencia de la Agencia Tributaria
Dependencia de la Agencia Tributaria

19 jul 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, en el año 2012, junto a la implantación de la amnistía fiscal, estableció la obligatoriedad de presentar el modelo 720 para declarar los bienes situados en el extranjero. Se establecieron unas multas y sanciones tan draconianas que muchos interpretaron que se trataba de una forma de animar a que quienes tuvieran bienes no declarados en el exterior se acogieran a la amnistía fiscal.

No obstante, en el 2017, el Tribunal Constitucional declaró la amnistía inconstitucional, aunque criticaba duramente la medida porque rompía la igualdad de todos los españoles ante el fisco, permitió que no se revisaran las declaraciones de quienes se habían acogido al proceso de regularización. Por todo ello, creemos que Montoro se pasó de listo, tal como señalamos en un artículo publicado el año pasado.

En cambio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea abrió la puerta a que los sancionados puedan impugnar dichas sanciones, considerando que la normativa española, que impone multas de hasta el 150 % de la cuota del impuesto, resulta confiscatoria. España se ve obligada a ajustar la ley en los términos del veredicto.

Actualmente, Hacienda está procediendo a anular todas las sanciones impuestas a los que ocultaron bienes en el exterior por haber sido declaradas desproporcionadas. Afronta así miles de devoluciones de multas por no cumplir con la declaración del llamado 720 que obliga a los contribuyentes a retratar sus bienes en el extranjero.

Se considera procedente proponer a la ministra de Hacienda que, previo dictamen del Consejo de Estado, dicte resolución y en relación con el expediente sancionador se declare la nulidad de pleno derecho, según se afirma en el documento de la agencia, que invoca el artículo 25 CE para no aplicar sanciones consideradas improcedentes.

Destacados juristas, tales como Alarcón, señalan que debería ser la Agencia Tributaria la que instaurara un sistema para que todo el mundo pudiera recuperar ágilmente las sanciones que se le impusieron por el modelo 720, siendo la revocación de oficio y la devolución automática sin necesidad de que el procedimiento de recuperación fuera activado por el contribuyente.

Se trata, en definitiva, de que al amparo del artículo 217 de la Ley General Tributaria, las personas que se vieron sorprendidas por las agresivas multas puedan recuperar las cantidades ingresadas.