Indultos a la carta

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

Jorge Guerrero | AFP

15 ago 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Un indulto es un perdón parcial o total de la pena privativa de libertad a una persona condenada por una sentencia firme. Es el ministro de Justicia quien recibe la solicitud y este la eleva al Consejo de Ministros. Si se aprueba, se presenta al rey, que es quien tiene la facultad para indultar. Son cientos los indultos que se solicitan al año en España y habas contadas los que se conceden. Caso de los independentistas catalanes condenados por declarar unilateralmente la independencia de Cataluña en octubre del 2017, pues el presidente Sánchez se jugaba la poltrona de no hacerlo. O las protegidas de la ministra de Igualdad, Irene Montero, como Juana Rivas o María Sevilla, esta última expresidenta de Infancia Libre, condenadas por sendos delitos de sustracción de menores. ¿Qué pensarán de este proceder los innumerables condenados que también solicitaron el indulto y se les denegó? Por citar un ejemplo, Francisco Javier Gutiérrez Orúe, alto funcionario del Concello de Vigo condenado por el enchufe de la cuñada de Carmela Silva. En derecho penal se suele decir que el que la hace debe pagarla. Estoy de acuerdo, sin olvidarme de aquello que decía Concepción Arenal de que hay que «odiar el delito y compadecer al delincuente». No se pueden cometer agravios comparativos. En el 2022, el Gobierno concedió un total de 18 indultos. Y en el 2021, de una sola tacada, indultó a los 9 presos del procés. Eso sí, por razones de «utilidad pública».