El juicio por un vertido tóxico al Barbaña del 2009, aún sin fecha

p. seoane OURENSE

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PILI PROL

La necesidad de notificar a una aseguradora paraliza el asunto desde noviembre

12 feb 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Una aclaración formal ha vuelto a retrasar la tramitación de la causa para la determinación de responsabilidades penales por un vertido altamente tóxico en el Barbaña en junio del 2009, que acabó con al menos 17.000 peces y ocasionó otros daños en el ecosistema. Un auto del juzgado de Instrucción 1 de Ourense había decretado la apertura de juicio oral el pasado 5 de diciembre, pero un error material, detectado y comunicado por la empresa que se encargaba de la gestión de la depuradora, dio lugar a que se dictara una nueva resolución con el fin de incorporar al procedimiento a la entidad aseguradora Mapfre como eventual responsable civil directo y solidario.

La parte dispositiva del nuevo auto, reconocido el error material, se traduce en el requerimiento de la prestación de fianza de 303.352 euros a los cuatro acusados -trabajadores con distinta responsabilidad en la empresa que gestionaba la depuradora- y a la compañía de seguros Mapfre, de forma conjunta y solidaria. En el anterior auto la fianza le era exigida a los acusados y a la firma Espina y Delfín, entonces encargada de la instalación. La incorporación de la aseguradora rebaja a la adjudicataria a la misma condición que al Concello de San Cibrao das Viñas, esto es, responsable civil subsidiario, en el supuesto de que fallara la primera y directa de los acusados y la aseguradora.

La corrección de este trámite se traduce en un nuevo retraso en la celebración de un juicio por delito ecológico que a primeros de noviembre había quedado encauzado una vez que instructor recibió los escritos de acusación de la fiscalía, de la Abogacía del Estado y la acusación popular, ejercida en representación de las asociaciones de vecinos San Breixo, Encontro y Barbaña.

La tramitación ha llegado a mediados de febrero sin que las defensas hayan podido presentar sus escritos. La solicitud de aclaración tiene el efecto de paralizar el procedimiento, por lo que hasta el auto corregido del 16 de enero pasado no siguieron contando los plazos. Ahora, además, es necesario dar traslado a la aseguradora para que conozca el auto de apertura de juicio oral y reciba el requerimiento de fianza por el importe de 303.352 euros. Este trámite, de acuerdo con una diligencia de ordenación del juzgado de Instrucción 1 de Ourense, deberá hacerla alguno de los juzgados de Majadahonda, donde tiene su sede la compañía.

La misma diligencia, del 7 de febrero, ordena enviar al servicio de notificaciones las órdenes para que emplace y requiera personalmente a dos de los acusados, al no haber sido posible la notificación. Consta que están trabajando actualmente en San Cibrao.

En medios conocedores del caso se cree que la vista no se podrá celebrar antes de septiembre en uno de los juzgados de lo penal.

Un accidente de notable impacto medioambiental

En el mes de febrero del 2010, es decir, más de medio año después del suceso, «las especies de poblaciones de peces destruidas por el vertido apenas mostraban síntomas de recuperación», según detalla la fiscalía en su escrito de acusación. Provocó una mortalidad masiva no solo de peces, sino de especies vulnerables y amenazadas, aparte de ranas, culebras de agua y posiblemente alguna nutria. Hicieron falta muchos más meses para recuperarse.

Los empleados de la depuradora de San Cibrao y la empresa que la gestionaba se enfrentan a peticiones de cárcel

La fiscalía no ha logrado determinar el origen del vertido. Tampoco llegaron a él ni la Confederación Hidrográfica ni las fuerzas de seguridad que investigaron el asunto. La ausencia de un responsable directo había llevado al juez de instrucción a archivar el caso, pero la Audiencia Provincial, de acuerdo con la posición del ministerio público y de la acusación popular, ordenó continuar adelante. A falta de la identificación del autor del vertido de metales tóxicos, la acusación se sustenta en el hecho de que los responsables de la gestión de la depuradora de San Cibrao no hubiera utilizado los recursos de los que disponían para frenar el vertido al cauce del río. Esta depuradora de aguas residuales, al dar servicio a zonas industriales, está dotada de una «balsa pulmón» para, como explica la fiscalía, «aislar, almacenar y homogeneizar» eventuales vertidos de gravedad, para tratar el agua de forma adecuada antes de que llegara al río. Aquel 24 de junio del 2009, cuando llegó a la depuradora un vertido con una elevada concentración de metales pesados, consintieron que llegara al Barbaña sin pasarlo previamente por la balsa pulmón, según mantiene la fiscalía.

La acusación se dirige a la administradora de Espina y Delfín, un jefe de servicio y los dos empleados que prestan servicio material en la EDAR de San Cibrao das Viñas. Considera que eran conocedores de la situación y no adoptaron medidas. Les atribuye un delito ecológico y pide penas de tres años de cárcel, aparte de una indemnización de 240.000 euros a favor de la Hidrográfica.