La Audiencia de Pontevedra impide la salida a la calle del asesino de una joven asturiana

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

A LAMA

Condenado a veinticinco años, el tinerfeño ha cumplido la cuarta parte de su condena en la prisión de A Lama

30 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Paolo Eduardo González González, el asesino de la ovetense Elena Hevia, no pisará, por el momento, la calle, pese a que ya ha cumplido más de una cuarta parte de la condena de veinticinco años que le impusieron por este crimen. La Audiencia de Pontevedra, dado que el tinerfeño está recluido en la prisión de A Lama, acaba de rechazar sendas peticiones de permiso formuladas por este. De este modo, confirma las decisiones adoptadas por el juez de Vigilancia Penitenciaria y por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario.

Los magistrados reconocen que «cumple los requisitos objetivos reglamentariamente establecidos», si bien aclaran que tal circunstancia «no conlleva en absoluto el automatismo de la concesión».

Es por ello que puntualizan que tienen que valorarse otros factores subjetivos relativos a la conducta del tinerfeño. Y es en este punto donde cualquier posibilidad de concederle un permiso de salida se descarta de plano.

«En el presente expediente ni siquiera cabe hablar de buena conducta penitenciaria, pues se informa de que mantiene una actitud de indiferencia hacia el tratamiento penitenciario desde su ingreso, que ha pasado por dos módulos de convivencia y respeto y ha sido expulsado de los dos», se recoge en uno de los autos a los que ha tenido acceso La Voz. Añade la Audiencia que «no participa en ninguna actividad ni desempeña ningún destino».

Durante su estancia en la prisión de A Lama, Paolo Eduardo ha participado en un programa específico de tratamiento para delincuencia de género, si bien «su evolución ha sido valorada como insuficiente». De hecho, los expertos precisaron que «presenta una estructura rígida de personalidad de la que no es fácil esperar cambios», así como que es «poco flexible» y «no ve la necesidad de cambiar nada».

De igual modo, «presenta escasa tolerancia a la frustración y baja capacidad empática». En relación con esto, en otro auto se refiere que la psicóloga de la cárcel considera que «se trata de una persona con dificultades de autocontrol cuando se le rompen los esquemas, con pobres procesos de reflexión previos a la acción y baja conciencia emocional».

«Presenta agresividad instrumental en actividad delictiva», añade la experta, al tiempo que advierte de que, en cuanto al asesinato de Elena Hevia, «no reconoce los hechos».

Asimismo, se ha determinado que carece de vinculación a efectos del disfrute del permiso, pues no la tiene familiar. Además, habiendo solicitado pasarlo con Pastoral Penitenciaria, se ha podido comprobar que en el expediente no consta oferta de acogimiento por parte de esta institución.

A la vista de todo este cúmulo de circunstancias, los magistrados llegan a la conclusión de que existe «un pronóstico elevado y fundado de mal uso del permiso».

Paolo Eduardo González fue condenado a veinticinco años de prisión por el degollamiento de Elena Hevia en la vivienda que el primero había alquilado en la calle Alonso Quintanilla. Aquel 22 de agosto de 2005, la fallecida había acudido al domicilio del que era su pareja para romper la relación sentimental que mantenían.