La Audiencia ratifica el archivo de la causa contra el alcalde de Caldas

Marcos Gago Otero
marcos gago CALDAS / LA VOZ

CALDAS DE REIS

P.CHAPELA

Los magistrados no hallan indicios de malversación en el comportamiento del regidor

03 may 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dado carpetazo definitivo a la causa por presunta malversación contra el alcalde de Caldas, el socialista Juan Manuel Rey. En una resolución del 21 de abril, la Audiencia respaldó al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Caldas, que en un auto del 21 de diciembre del 2016 declaró el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones. La Audiencia rechaza la apelación del fiscal, que intentó que se abriese juicio oral contra el alcalde. Los magistrados no encontraron indicios de malversación en el comportamiento del regidor, por lo que entienden que la decisión del Juzgado de cerrar la causa es correcta.

En su apelación, el Ministerio Fiscal argumentó que existían indicios de criminalidad contra Rey como presunto responsable de un posible delito de malversación de caudales públicos, acusación que la Audiencia rechaza.

Sobreseimiento definitivo

Las diligencias contra el alcalde se abrieron por el pago, a cargo de fondos municipales, de una sanción de 600 euros por el retraso en el derribo parcial de un edificio, cifra que posteriormente el regidor reintegró en las arcas del Concello. En la deriva judicial del caso, la Audiencia decretó en un auto del 18 de noviembre del año pasado la nulidad de otro auto anterior por el que se pretendía abrir el juicio oral contra Rey. En noviembre, los magistrados pontevedreses determinaron que el auto del Juzgado «incurría en incoherencia interna». Esta resolución conllevó el sobreseimiento provisional a las pocas semanas por parte del juez de Caldas, decisión a la que se opuso el fiscal, cuyo criterio ha sido rechazado por la Audiencia.

Los magistrados pontevedreses manifestaron que aceptaban los fundamentos jurídicos del sobreseimiento recurrido. A la hora de evaluar los hechos, es decir, el pago de la multa coercitiva de 600 euros, la Audiencia destaca: «No cabe considerar conductas anteriores ya prescritas y coincidimos con la defensa del investigado en que nada indica que este [Juan Manuel Rey] hubiera dado al alcalde accidental o sustituto, Blanco Magariños, la orden de pago de dicha multa con cargo a las arcas municipales».

Es más, se precisa que «no solo respecto al elemento subjetivo no se aprecian indicios de criminalidad suficientes para la apertura del juicio oral (...), sino que tampoco existen indicios suficientes del elemento objetivo que sería la participación del investigado en esa concreta orden de pago, dado lo declarado por el tesorero y el alcalde accidental».

Rey: «Quiero dar las gracias a la gente que creyó en mí y ayudó a sobrellevar este episodio»

El alcalde de Caldas, Juan Manuel Rey, manifestó ayer su satisfacción con la decisión de la Audiencia, que pone fin al calvario judicial al que se ha enfrentado durante los últimos años y que puso en peligro su participación en las elecciones municipales. A la hora de valorar la decisión de los magistrados, Rey expresó un mensaje de gratitud a los vecinos que lo respaldaron. «Quiero dar las gracias a la gente que creyó en mi y que ayudó, dentro de las dificultades para llevar este episodio con tranquilidad».

Cabe señalar que el alcalde siempre defendió su inocencia frente al cargo que se le atribuyó. Sin embargo, la apertura de un juicio oral contra él habría puesto fin a su carrera política, al menos dentro del PSOE, porque le habría impedido presentarse como candidato a la reelección por las filas socialistas. Hay que recordar, en este particular, que Rey pudo presentarse porque la causa no llegó a este punto procesal y que contó con el respaldo los caldenses, que lo auparon a la mayoría absoluta en el Ayuntamiento.

El regidor indicó ayer que está a la espera de que llegue al Concello la comunicación judicial que permitirá proseguir con la orden de derribo parcial del polémico edificio que provocó la apertura de toda la investigación. Cuando el Ayuntamiento disponga de esta autorización, entonces la Administración local podrá proceder a rematar el cumplimiento de la sentencia de demolición parcial.