La conexión de las viviendas a la red de saneamiento solo será obligatoria a menos de 50 metros

Serxio Barral Álvarez
Serxio Barral PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

Un nuevo reglamento municipal de vertidos sustituirá a la actual normativa, que se ha quedado obsoleta

28 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Pontevedra aprobó en el año 2007 su «Regulamento de verteduras á rede municipal de saneamento». Posteriormente, la Xunta dio luz verde a otras dos normativas autonómicas que han dejado obsoleto al texto local: la ley del agua (2010) y su correspondiente reglamento (2012).

Ahora, aprovechando que se está tramitando el nuevo concurso para adjudicar la gestión de la red de abastecimiento y de saneamiento, el gobierno local trabaja en la modificación que aquel reglamento del año 2007, con el fin de adaptarlo a la normativa superior.

Uno de los aspectos más significativos que se cambiará con el nuevo reglamento es la relativa a la obligación de los propietarios a «enganchar» sus viviendas a la red de saneamiento. Hasta ahora era obligatorio para todas las viviendas a menos de cien metros de distancia de la red; con el nuevo reglamento, esa distancia se rebaja hasta los 50 metros.

Hace unos meses surgió una enorme polémica política al hacerse eco el PP de las quejas de vecinos de varias parroquias cuando el Concello comenzó a girarles recibos de saneamiento pese a que sus viviendas no estaban conectadas. El portavoz del gobierno local, Raimundo González Carballo (BNG), insistió ayer en que los vecinos que no se conectan a la red «causan un claro perxuizo medioambiental, e dan mostra de insolidariedade».

El nuevo reglamento contemplará excepciones. También estarán exentas de conectarse aquellas en las que es necesario atravesar autopistas, autovías, vías de tren o carreteras de titularidad de otra administración, ni tampoco aquellas acometidas que afecten al trazado de las redes de electricidad, gas o telecomunicaciones, cuando haya que cruzar un río o regato o si existe una imposibilidad técnica por la dureza del terreno o el ancho del camino.

Además, el reglamento incluirá que el mantenimiento de las acometidas entre la red y el límite de la propiedad correrá a cargo de la empresa concesionaria, y advierte de que la normativa legal será de aplicación con independencia del modelo de gestión. Es decir, que podrá ser la empresa de aguas la que comunique sanciones, un asunto que también resultó polémico en su día.