La Audiencia se pone dura y obliga a reabrir los casos de atropellos

Xurxo Melchor
Xurxo melchor SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO

Xosé Martínez (cedida)

Rechaza el archivo de asuntos que los juzgados de instrucción enviaron a la vía civil

26 feb 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Mucho antes de que los datos de atropellos en Santiago hiciesen saltar las alarmas en el Concello y en la sociedad compostelana, la sección sexta de la Audiencia Provincial, la que tiene su sede en la ciudad, ya había tomado buena nota de la gravedad de un problema que en los últimos seis años ha afectado directamente a 336 personas, 17 de ellas (contando el caso de ayer en Pastoriza) solo en los apenas dos meses que transcurridos del 2017. La máxima institución judicial local ha ordenado reabrir la gran mayoría de los casos que han llegado a sus manos, en los que los tres juzgados de instrucción archivan las diligencias penales y condenaban los asuntos a la vía civil.

La Audiencia compostelana considera que los juzgados de instrucción están interpretando equivocadamente la última reforma del Código Penal. En ella se establecen dos categorías de imprudencia delictiva, la grave y la menos grave, dejando la leve fuera de la vía penal. «La doctrina se refiere a la existencia de una tercera modalidad en la configuración penal de la imprudencia, apareciendo la denominada menos grave, que solamente tendrán consecuencias jurídico penales cuando el resultado lesivo fuese alguno de los especialmente graves», explica el tribunal provincial en reciente auto del 27 de enero cuyo ponente fue el magistrado Alejandro Morán Llordén.

Explica el juez en este auto que para determinar si la imprudencia del conductor que provocó el atropello es grave o menos grave debe acudirse a los criterios empleados por el Tribunal Supremo, que siempre valora la peligrosidad de la conducta, la entidad de la omisión de los deberes incumplidos, la probabilidad de que el comportamiento tenga un resultado lesivo o la importancia de los bienes jurídicos que se ponen en peligro. La vida es, evidentemente, el mayor de ellos.

El caso concreto al que se refiere el recurso es el de una mujer atropellada en un paso de peatones que sufrió heridas graves. Entre ellas, fracturas de tibia y peroné, lesiones en brazos y un hematoma de cadera. Teniendo en cuenta la seriedad de las repercusiones del accidente y de que la propia Ley de Tráfico considera una infracción grave el saltarse un paso de cebra, la Audiencia Provincial señala en su auto que «se desprenden elementos bastantes para realizar una calificación de la conducta del denunciado distinta a la que realiza el juez de instrucción».

En todo caso, la sección compostelana de la Audiencia considera que hay que investigar hasta las últimas consecuencias todos los casos de atropellos y afirma muy gráficamente en el auto en el que ordena reabrir uno de los casos que los jueces de instrucción compostelanos decidieron archivar en vía penal: «No es el momento de establecer al detalle cómo aconteció el accidente que nos ocupa. Es el momento de investigarlo, así como sus consecuencias dañosas. Pues tiene razón la apelante cuando sostiene que (...) podemos estar en presencia de una imprudencia penalmente relevante, en su modalidad típica de grave».