El Supremo ratifica los 76 años por el atraco mortal de A Cañiza

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

VIGO

José Ángel Martins, el «Peque», mira hacia atrás en el banquillo durante el juicio celebrado en Audiencia provincial.
José Ángel Martins, el «Peque», mira hacia atrás en el banquillo durante el juicio celebrado en Audiencia provincial. capotillo< / span>

Ni admitió los recursos de los tres acusados de matar al guardia civil

25 abr 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

Ni una coma ha modificado el Tribunal Supremo de la sentencia de la Audiencia de Pontevedra que condenó a 76 años de prisión a los tres acusados de dar muerte a un guardia civil en el frustrado atraco a una sucursal bancaria de A Cañiza. De hecho, los magistrados madrileños consideraron no había lugar a admitir los recursos de casación de los encausados, de tal modo que ratificó los 27 años impuestos a José Vilar Casal, Pepiño, por los delitos de homicidio consumado, homicidio en grado de tentativa, robo con intimidación y tenencia ilícita de armas.

Asimismo, se confirmaron, tanto los veinticuatro años y medio que recayeron sobre José Ángel Martíns Mendoza, El peque, y sobre Fernando Condines Portela, como los 360.000 euros en indemnizaciones.

A la hora de estudiar las alegaciones de las defensas, el Supremo, en un primer momento, descarta que el hecho de que el juicio no fuese celebrado por la Ley del Jurado hubiese sido arbitrario. No en vano, «el objetivo perseguido por los acusados era la comisión de un robo con violencia o intimidación, que no es de la competencia del tribunal del jurado, además los hechos no son susceptibles de enjuiciamiento separado».

Tras ratificar la validez de las comparecencias por videoconferencia de los peritos de la Guardia Civil, se incide en que «todos los coautores responden de aquello que haya sido concertado», pero también «de aquellos resultados que no puedan considerarse ajenos a desviaciones previsibles respecto de lo pactado». Con este argumento, el Supremo valida que tanto José Ángel Martíns como Fernando Condines sean condenados por la muerte el 17 de agosto del 2010 de Miguel Jorge Piñeiro Lorenzo, así como por los impactos de bala que recibió Alfonso José Riveiro Cabaleiro.

«Cabe entender que pudieron prever y admitieron de modo más o menos implícito que en el «iter» del acto depredatorio pudiera llegarse a ataques corporales», concluye al respecto.