Rebajan a un delito de lesiones la acusación contra un vigués que intentó electrocutar a su pareja

Europa Press

VIGO

El hombre le lanzó un calefactor al agua cuando estaba en la bañera y posteriormente la estranguló hasta que quedó inconsciente

16 sep 2014 . Actualizado a las 19:25 h.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dejado visto para sentencia el juicio contra un vigilante de seguridad de Vigo acusado de arrojar un calefactor al agua cuando su mujer estaba en la bañera con la intención de electrocutarla y, posteriormente, como ella pudo llegar hasta la habitación, estrangularla hasta que quedó inconsciente, lo que provocó que entrase en estado de coma. La Fiscalía ha reducido la calificación de asesinato en grado de tentativa a delito de lesiones.

El procesado reconoció ante el tribunal que, en la tarde de aquel 3 de noviembre de 2012, tras una fuerte discusión y en medio de un forcejeo, la agarró «por el cuello», aunque afirmó que «todo fue muy rápido» y no tuvo «tiempo de pensar». «No fui consciente del daño que le estaba haciendo», ha declarado.

Amnesia parcial

Al perder su pareja el conocimiento se asustó, según ha afirmado, comprobando sus constantes vitales, la colocó en posición lateral de seguridad y avisó al 061, explicándoles lo que había sucedido.

Por el contrario, rechazó que hubiese intentado electrocutar a su pareja. Según su versión, él mismo durante la riña amenazó con suicidarse en la bañera si ella no le prestaba atención.

La víctima no pudo aportar su versión sobre este episodio de violencia ya que sufre una amnesia parcial que le impide recordar lo sucedido. De hecho, después de seis días en coma ni siquiera recordaba el motivo por el que se encontraba en el hospital, negando ante la Policía que hubiera sufrido malos tratos.

«No me lo quería creer»

«Es muy costoso reconocer que eres víctima de violencia de género», ha admitido. «No me lo quería creer», añadió. Según declaró durante el juicio, fue al regresar a su casa cuando recordó lo ocurrido en el cuarto de baño.

Según ha comentado, el acusado arrojó un calefactor a la bañera en la que ella se encontraba, lo que provocó que saltase el diferencial y se fuese la corriente eléctrica. A continuación huyó a la habitación y se vistió para escapar de casa, pero ha dicho que no recuerda nada más.

La Fiscalía en su escrito de acusación coincidía con la acusación particular en calificar lo ocurrido como un asesinato en grado de tentativa por lo que inicialmente solicitaban 14 años, 11 meses y 29 días de prisión.

Piden la puesta en libertad

Sin embargo, al elevar a definitivas sus peticiones de pena, el Ministerio Público modificó su calificación de los hechos a un delito de lesiones «al haber desistido el acusado de su acción de matar», explicó la fiscal al hacer referencia a la figura penal del «desestimiento activo» una excusa absolutoria.

Teniendo en cuenta que el acusado lleva en prisión desde el momento en el que se produjeron los hechos y que la pena máxima por este delito de lesiones es de tres años, el abogado de la defensa solicitó la inmediata puesta en libertad de su cliente al tener cumplida más de la mitad de la pena.

Sin embargo, la acusación particular se reafirma en que lo ocurrido es un asesinato en grado de tentativa y mantiene la petición de 15 años de cárcel.

Por esto, el letrado de la defensa esgrime la existencia de una excusa absolutoria y añade las atenuantes de confesión, dilaciones indebidas por la tardanza en la celebración del juicio, reparación del daño (el acusado ha entregado a la víctima una compensación de 10.000 euros) y alteración psíquica (los forenses sostienen que el acusado sufre estrés que le provoca una falta de control de sus impulsos).