El alcalde pedáneo de Bembrive alega que no suspendió las retribuciones de dos ediles del PP sino los pagos

E.V.Pita VIGO

VIGO

M.Moralejo

Aseguró en el juicio que levantó la suspensión provisional en cuanto pudo y ordenó que se les pagase 800 euros

05 abr 2017 . Actualizado a las 11:52 h.

El alcalde pedáneo de la entidad local menor de Bembrive, el socialista Roberto Ballesteros, se ha declarado inocente esta mañana en un juicio por un supuesto delito de prevaricación. El fiscal le acusa de quitarle el sueldo de 800 euros a dos ediles del PP, Elena Freire y Benito Pérez, correspondiente a la asistencia a las juntas vecinales en junio del 2013.

El acusado alegó en el juicio que los concejales de Gobierno trabajaban muchas horas en atención al público y, para no castigar las arcas presupuestarias, decidió suspender provisionalmente los pagos a los dos ediles del PP pero insistió en que eso no es lo mismo que suspender las retribuciones, derecho que les mantuvo. Posteriormente, aprobó que se hiciese el pago «antes de saber que me denunciaron».

Aclaró que él no redactó la resolución, donde se justificaba la suspensión del pago por las labores obstruccionistas de la oposición, que suspendía el pago a los concejales porque «solo las firmo». Recalca que «a diario» ordena el pago de una factura o la suspensión. Añade que Benito Pérez le ha demandado hasta siete veces.

El denunciante, el vocal Benito Pérez (la otra edil renunció), declaró en el juicio que en junio reclamó por escrito el pago de una asistencia al pleno anterior y no recibió respuesta.

Diferencias

En la junta vecinal hay cuatro concejales (dos del PSOE y dos del PP) y un alcalde pedáneo pero a los socialistas no se les suspendió el pago. El secretario interventor le explicó que era una «ocurrencia» del alcalde pedaneo y que él se opuso, por lo que denunció la resolución. Posteriormente, recuperó sus ingresos el 13 de agosto, al quedar la resolución sin efecto y se alzó la suspensión.

Pérez, que fue alcalde pedáneo, Indicó que pidió la celebración una docena de plenos extraordinarias y dos mociones (porque no se hizo un plan presupuestario). Cuenta que, en su día, como alcalde pedaneo él redactaba las resoluciones aunque las escribía el administrativo.

Por su parte, la vocal Elena Freire señaló que las retribuciones datan del 2011 y que indemnizaban a los asistentes al pleno. Asegura que no hubo ningún expediente contra ellos ni trámite de alegaciones ni nadie les informó. «Sé que el secretario interventor dijo que no era legal hacer eso porque la retribución fue aprobada por el pleno», explicó al fiscal. «El alcalde pedáneo tampoco justificó la medida de eliminación de dietas por motivos económicos. Tras cobrar el dinero, retiró la denuncia.

El alcalde se escudó en que retiró la suspensión de los pagos el festivo en el que ocurrió el accidente ferroviario de Angrois en Santiago, aunque el secretario estaba de vacaciones y por eso no se firmó hasta el 13 de agosto.

Fiscalía

El fiscal insistió en mantener la acusación de prevaricación administrativa contra el alcalde pedáneo al considerar su resolución como «manifiestamente arbitraria», que no estaba amparada ni había justa causa para suspender los pagos a los ediles del PP. El fiscal compara el caso de Vigo con una sentencia en Almería del 2001 de un alcalde que retuvo la nómina de vocales de oposición y que fue condenado.

En el caso de Bembrive, el fiscal añade que la decisión de Ballesteros no estaba legitimada y «se excedió en sus competencias». Ni siquiera incoó un expediente a los afectados ni tampoco les dio traslado. «A juicio del alcalde pedaneo sus contrarios no trabajan porque no van a servicios ni presentan mociones, lo que es un criterio subjetivo que determina la arbitrariedad», añade el fiscal.

El abogado de la acusación particular calificó de «absolutista» al alcalde pedáneo y «es poco democrático que no cobre el opositor cuya labor es oponerse a su gobierno». También ve «kafkiano» que el alcalde recurriese a una asesoría externa para modificar los pagos sin consultar al interventor, que estableció reparos a la suspensión.

La defensa insiste en que la medida provisional de suspender los pagos era un acto de trámite, lo que no es prevaricación. «Puede ser más acertada y no se dictó a sabiendas de su injusticia porque no modifica el régimen de retribuciones sino que suspende el cobro», indicó la abogada.