La Justicia rechaza que los vecinos de Budiño sean los dueños de las canteras

Luis Carlos Llera Llorente
luis carlos llera O PORRIÑO / LA VOZ

O PORRIÑO

Exime al Concello de O Porriño de pagar a la comunidad de montes los derechos de alquiler

25 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rechazado el recurso de la comunidad de montes de Budiño contra el Ayuntamiento por la titularidad de unos terrenos que están ocupados por canteras de granito, al tiempo que exime al Concello de realizar pagos a los vecinos.

El caso se remonta al año 2013, cuando los comuneros recurren al juzgado de primera instancia número 1 de O Porriño para reivindicar el dominio de los montes Cerola y Faro. Consideraban que, desde tiempos inmemoriales, fueron los vecinos los que disfrutaron de estas propiedades que suman 495.919 metros cuadrados.

Los comuneros pedían al juzgado que se condenase al Ayuntamiento de O Porriño a dejar libre los terrenos que tenía ocupados en dicho monte, donde se asientan una serie de canteras.

Los vecinos de Budiño pedían que los contratos de cesión de los terrenos de las canteras fueran explotados por los comuneros en lugar del Ayuntamiento. Reclamaban también que el Concello pagase a la comunidad las rentas cobrada desde el año 2008 hasta el momento de presentación de la demanda.

Cambiar el registro

También exigían al juzgado que se dirigiese al registro de la propiedad a cambiar la inscripción en favor de la comunidad de montes de mano común. La demanda fue admitida a trámite por el juzgado y las dos partes en litigio fueron convocadas a una audiencia previa. Ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo se prosiguió con la disputa en los tribunales. Los montes objeto de reclamación están ocupados por varias empresas de granito. Son Francisco Lemos S.L., Fernández Contreras S.A, Marcelino Martínez Galicia S.L., David Fernández Grande S.L., Blockdegal S.A., Granitos Martínez S.A., Canteiros de O Porriño Reunidos S.A, Granitos y Áridos de Atios S.L y Manuel Alfonso Carrera Lorenzo, a los que se les emplazó para que contestaran la demanda. Sin embargo, solo contestaron Hormigones Valle Miñor y David Fernández Grande S.L., que fueron convocados a la audiencia previa y a juicio.

La vista se celebró y el juzgado dictó sentencia el 29 de mayo del 2015 que desestimó la demanda de los comuneros y dio la razón al Concello. Los vecinos de Budiño pidieron que se aclarase la sentencia porque la conclusiones se formularon verbalmente en lugar de por escrito. A pesar de todo, no pudieron hacer valer lo que consideran sus derechos. Los comuneros apelaron a la Audiencia Provincial que estableció que cada parte debía asumir el pago de las costas que le correspondiese a cada uno.

El letrado impuso finalmente un recurso extraordinario por supuesta infracción procesal y recurso de casación que fue admitido por el Tribunal Superior en el pasado mes de diciembre.

Los magistrados señalan que «no se ha probado el aprovechamiento colectivo de las porciones de terrenos reclamadas».

La sentencia del Tribunal Superior también pone de relieve que el de primera instancia número 1 de O Porriño desestimó en un principio la demanda con fecha del 29 de mayo del 2015 por considerar que se acreditó cuál era la situación exacta de los linderos de las parcelas reivindicadas ni que sobre las mismas se produjesen aprovechamientos de forma consuetudinaria.