La Audiencia condena a un banco por Internet a devolver 3 millones

Luis Carlos Llera Llorente
Luis Carlos Llera VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

óscar vázquez

25 clientes de Vigo suscribieron un producto sin ser informados de su alto riesgo

18 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Una vez abierta la veda judicial contra los bancos, los clientes comienzan a ganar juicios importantes. La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado la entidad Open Bank, el banco que opera por Internet del grupo Santander, a restituir tres millones de euros a 25 clientes de Vigo. Es el dinero que, según el letrado Pablo Cebrián, perdieron en un producto financiero que les habían ofrecido y que resultó ser todo un fiasco. El fallo declara la «nulidad de los contratos» y condena a la entidad a «la restitución de las cantidades aportadas por los demandantes en concepto de inversión con el interés legal».

Los magistrados reprueban el incumplimiento de la obligación de transparencia. «Los fedatarios públicos que intervinieron en las pólizas no facilitaron información sobre la naturaleza y características de los fondos», dice la sentencia de la sección quinta con sede en Vigo. De las declaraciones judiciales se infiere que «la información fue escueta y circunscrita al préstamo y no a los productos contratados», recalca el fallo.

El abogado de los ahorradores, Pablo Cebrián, explica que los tres millones de euros corresponden al dinero confiado a los gestores crediticios más los intereses, ya que los contratos bancarios fueron suscritos entre los años 1999 y 2000. El letrado dice que el producto que les ofrecieron a sus clientes «era un disparate, era un valor volátil y carecía de agilidad para poder venderlo porque estaba pignorado». Añade que, «aparte de eso, el banco incumplió sus deberes de transparencia»

La demanda pedía la nulidad de contratos «por inexistentes o nulos de pleno derecho por no existir consentimiento». Los clientes también argumentaron que se contravino «la normativa sobre publicidad y transparencia de entidades de crédito.

El juzgado de primera instancia número 10 de Vigo inició el procedimiento en el año 2004 y no les dio la razón a los clientes y la Audiencia obliga a rectificar.

Además de la batalla judicial, los perjudicados desarrollaron un campaña de movilizaciones en la calle y llegaron a hablar en personas con el entonces presidente del grupo bancario Emilio Botín, al que entregaron una carta de queja.

Los contratos anulados por la Justicia se refieren al producto 3+1, por el que el banco ofrecía una inversión conjunta entre la propia entidad y el cliente. Por cada unidad monetaria que invertía el destinatario el banco aportaba tres. Se trataba supuestamente de una inversión segura y rentable en un plazo de 30 meses. Resultó un fracaso que afectó al menos a 150 ahorradores que perdieron todos sus ahorros y se convirtieron en deudores del préstamo que les habían dado con el producto. El objetivo del 3+1 eran fondos de inversión de renta variable, pero los clientes suscribieron en realidad, sin tener una información clara y transparente, un préstamo para invertir conjuntamente con el banco, pero ellos no podían mover los fondos con agilidad porque estaban pignorados.

Según la sentencia, las entidades financieras tienen deber de «suministrar al cliente inversor no profesional una información comprensible y adecuada de los productos financieros y sus riesgos». Los magistrados dicen que en este caso no fue así y «no se explicó la naturaleza de los fondos ni su rentabilidad».