Suspenden la patria potestad a un padre que llamó obeso a su hijo pequeño en Vigo

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza, en Vigo.
Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza, en Vigo. M.MORALEJO

La Audiencia mantiene la situación de desamparo del menor ante la falta de «habilidades» del progenitor y el niño seguía en junio tutelado por la Xunta en lo que respecta al padre

23 sep 2023 . Actualizado a las 21:45 h.

Un padre de Vigo y su área no ha podido recuperar el ejercicio de la patria potestad de su hijo pequeño, el cual es tutelado por la Xunta por riesgo de desamparo, porque la Justicia dice que le faltan «habilidades» para la crianza. En los casos de tutela, se produce la suspensión del ejercicio de la patria potestad pero no la privación. El padre pidió a la Audiencia en Vigo que le reintegrase ese ejercicio suspendido pero se lo denegaron en una sentencia de junio. Entre otras cosas, en una visita al punto de encuentro familiar el padre, supuestamente, le afeó al niño su peso y le llamó «obeso». En el colegio, los educadores habían detectado que el pequeño no comía verdura y que se quejaba de los «castigos desproporcionados» de su padre, que, según el niño, le rompía los juguetes y le pegaba si suspendía, lo que su progenitor niega. Tiene otra hija, más pequeña, también tutelada. La madre sí logró hace un año una custodia compartida con la Xunta.

El padre pidió la reintegración del ejercicio de la patria potestad suspendida y presentó en la Audiencia una oposición de medidas sobre protección de menores dictada por el juzgado de familia en el 2021 que mantenía la declaración de la Consellería de Política Social de la Xunta por la que, en una resolución de 2020, declaraba el desamparo y asumía la tutela pública de los dos menores. 

La sexta sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, en una sentencia de junio, mantiene la situación de desamparo de ambos hijos adoptada en el 2020 por la Xunta porque, al margen de que el padre está ingresado en un centro penitenciario, «no cuenta con disposición, habilidades ni voluntad para el ejercicio responsable de la patria potestad para con sus hijos».

La Xunta retiró hace tres años la custodia porque consideró que los menores vivían en un hogar disfuncional. Los progenitores lucharon en los tribunales sin éxito para recuperarlos. La madre, una vez separada, logró que la Xunta le concediese la convivencia con los hijos a través de un Programa de Atención de Día porque ella colaboraba con el equipo psicosocial y, ahora, los menores pernoctan en su casa. En el caso de la madre, el equipo psicosocial se mostró favorable a que la progenitora ostentase la guarda y custodia de los menores y más adelante, en el 2022, le concedieron un permiso de convivencia a ella. En cambio, se suspendió el contacto, de forma cautelar, de los menores con el padre.

Por contra, el padre, que mostraba una «actitud beligerante», apeló contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo que avaló la declaración de desamparo de los hijos dictada por la Consellería de Familia. La Xunta declaró el desamparo cuando el colegio dio varias alertas entre el 2017 y 2019 porque el niño, cuando era muy pequeño, supuestamente insultaba y daba patadas a sus compañeros. Los educadores apreciaron un daño emocional en el menor. El niño decía que, si suspendía, su padre le pegaba y le rompía los juguetes. No comía verdura. Sospecharon de «castigos desproporcionados, maltrato familiar, comportamiento disruptivo y disfuncional». El padre replicó que solo eran suposiciones.

La Audiencia, concluye en su sentencia de junio, que el padre difícilmente podrá ejercer la patria potestad plenamente porque está cumpliendo una condena en un centro penitenciario pero, además, la sala considera que, desde que se separó, «su actuación no puede ser adecuada ni beneficiosa para los menores». Los magistrados recalcan que en una visita al Punto de Encuentro Familiar, el padre «criticó el peso del niño diciéndole con un tono y formas inapropiadas que está obeso».

La sala reprocha al padre que muestre una actitud «dura y seria» que no ven acorde con el comportamiento adecuado en las visitas supervisadas, en las que, según la Audiencia, les exigió a los niños un «rendimiento inadmisible», acudió con un «aspecto descuidado físicamente», tuvo un «trato inadecuado» con el personal y siguió a los hijos. Los magistrados temen que, incluso si saliese de la cárcel, la evolución de la crianza «no aventura en absoluto mejoría».

Fuentes que se identificaron próximas a la familia lamentan lo duro que es pasar tres años intentando recuperar a los niños después de que la Administración les quitase la tutela a los padres sin motivos ni pruebas, según explican en su círculo próximo. Recalcan que los padres no han perdido la patria potestad porque ello exigiría un juicio previo. Legalmente, lo que hay, en el caso de las tutelas públicas, es una suspensión del ejercicio de la patria potestad pero no la privación, motivo por el cual el padre pedía que se la reintegrasen, pero la Audiencia, en junio, se lo denegó.