El Mercantil recibe una media de tres demandas diarias de cláusulas suelo

Dolores Cela Castro
dolores cela LUGO / LA VOZ

A MARIÑA

cedida

Las cuatro sentencias dictadas hasta el momento son todas favorables al cliente

17 sep 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El conflicto entre bancos y clientes por la aplicación de cláusulas suelo ha generado desde el pasado 1 de junio una avalancha de demandas. A finales de esta semana acumulaba en Lugo se habían presentado 110. El Juzgado Mercantil, que tiene asignados estos casos, a raíz de la puesta en marcha del plan de urgencia que trata de resolver estas discrepancias, recibe una media diaria de tres, según fuentes consultadas.

El Juzgado Mercantil ha dictado ya cuatro sentencias, todas ellas favorables al cliente. Un quinto caso llevó aparejado un decreto por desistimiento de las partes. A mediados de este mes tenía ya señaladas siete audiencias previas y dos casos más estaban pendientes de sentencia.

Este juzgado lucense es el único de Galicia de los habilitados en cada provincia para tramitar las demandas de cláusulas suelo, que no dispone de refuerzo. Tampoco le han concedido ninguna exención. Pese a ello, es la instancia que está gestionando con mayor agilidad estos casos.

El Mercantil de Lugo fue el primero de los cuatro juzgados de Galicia asignados al plan de urgencia que dictó sentencia. Fue un caso de Abanca, al que un matrimonio que suscribió una hipoteca el 25 de mayo del año 2007, que le reclamaba a la entidad más de 5.000 euros.

La familia se compró una vivienda unifamiliar. Se subrogó a la hipoteca del constructor y amplió el préstamo. El saldo pendiente de devolución en mayo del 2007 era de 236.717 euros, a pagar en 300 meses.

El juzgado lucense declaró nula una cláusula del contrato de la hipoteca que establecía un límite a la variación del tipo de interés aplicable en un mínimo del 3,25% y un máximo del 9,75%. También dejó sin efecto otra relativa a los intereses de demora, que aumentaba un 6% sobre el tipo nominal anual vigente en cada período.

Sin negociaciones individuales

Otra de las novedades de esta sentencia es que condena al banco a devolver al cliente los gastos de notario, los de registrador y los de gestoría.

La sentencia establece que la cláusula suelo «no es transparente ya que falta prueba de información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato». También hace alusión a que «no se ha aportado a la demanda, pese a que se afirma la existencia de negociaciones individuales e información verbal, prueba que lo acredite.

Respecto de la cláusula que incluye un porcentaje superior a los intereses de demora, la sentencia la anula porque, según señala, «no consta probado que haya sido objeto de negociación individual».

Lugo fue también la provincia gallega en la que cobraron los primeros clientes de las entidades desde que las demandas se centralizaron en los cuatro juzgados gallegos las posturas encontradas entre las partes.

Algunas personas que accedieron a una hipoteca con las cláusulas ahora anuladas pudieron recuperar el dinero de sus cláusulas suelo como consecuencia del allanamiento de la entidad financiera al reconocer las pretensiones de sus clientes.

En Galicia había 2.500 casos a principios de mes

Desde el 1 de junio y hasta principios de septiembre los juzgados gallegos recibieron 2.500 demandas relacionadas con cláusulas suelo, vinculadas a personas físicas. El que más había registrado hasta ese momento era Vigo, con 1.146. El de A Coruña fue el segundo, con 984 casos acumulados. Ourense llevaba en esas mismas fechas 292. Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016 fue la que obligó a poner en marcha esta maquinaria para evitar colapsos.

Un precedente para la devolución de los gastos de tramitación

El fallo establece que, si bien el pago de impuestos por la constitución de préstamos con garantía hipotecaria le corresponde a los prestatarios y no a la entidad financiera, el resto de los gastos son de la entidad.

A este respecto el fallo señala que «la imputación al prestatario de cualquier gastos que origine el contrato está dotado de generalidad con relación a situaciones que no se sabe si se producirán y a petición de quien y en cuanto a los gastos de gestoría, se trata de la propuesta por la entidad prestamista, y no consta la existencia de una verdadera negociación individual en cuanto que pueda influir en su contenido o supresión».

La entidad financiera tendrá que reintegrarle al cliente de la primera sentencia 374,79 euros de gastos de notario; 217,47 del registrador y 185,60 de gestoría con la entidad.

A la espera de acontecimientos

Muchas de las personas que llegaron a acuerdos con las entidades para la devolución de lo indebidamente cobrado por la cláusula suelo estaban a la espera de acontecimientos para reclamar también los gastos de tramitación de las hipotecas.

En su momento valoraron la posibilidad de presentar una demanda conjunta para reclamar estos gastos. Fue después de que la Unión Europea declarara nulas las cláusulas suelo. A partir de ese momento las entidades empezaron las negociaciones con los clientes. Algunas pretendieron salvar la situación llamando para negociar a aquellos a los que tendrían que pagarles cantidades inferiores para que los resultados públicos sobre número de casos resueltos abultara más. Hubo, por lo que se ve ahora, muchos con los que no consiguieron llegar a puntos de encuentro por las cantidades ofertadas, y otros a los que ni siquiera llegaron a ponerse en contacto.