El juzgado absuelve al cafetero arousano al que Bea Gondar exigía cincuenta mil euros

Serxio González Souto
serxio gonzález VILAGARCÍA / LA VOZ

VILAGARCÍA DE AROUSA

EMILIO MOLDES

La resolución establece que la libertad de información y expresión prima sobre el derecho al honor del exalcalde, que tampoco ve vulnerado por su alijo de café

01 abr 2021 . Actualizado a las 20:04 h.

El 23 de marzo del 2018, Marcos Ramos golpeó de nuevo con una de sus llamativas campañas de márketing. El tostador de café arousano, autor de aquel cartel que anunciaba desde uno de los principales accesos a Vilagarcía que «lo mejor de Colombia entra por aquí», se trasladaba a Pontevedra para escenificar la distribución de un alijo muy particular. El envío estaba conformado por paquetes de café que simulaban los fardos de cocaína con los que operan los clanes del narcotráfico en las rías gallegas. Aquella operación en absoluto fue del agrado de José Alfredo Bea Gondar, quien demandó a Ramos por supuesta vulneración de su honor y le exigió una indemnización de cincuenta mil euros. El juzgado de Collado Villalba en el que fue interpuesta la denuncia acaba de fallar que no existió tal ofensa y dictamina la absolución del hostelero vilagarciano.

En realidad, no fue tanto el alijo de café en sí lo que molestó a Bea Gondar como las declaraciones a un medio digital en las que Marcos Ramos hizo referencia al secuestro de Fariña, el relato del periodista Nacho Carretero sobre el narcotráfico gallego que otra sala de Collado Villalba retuvo durante meses. Aquella mañana, el empresario ironizó con que un 3 % de sus fardos quedarían reservados para el exalcalde de O Grove e hizo mención a lo que había sucedido con el libro de Carretero, que acabó volviendo a las librerías sin mayor problema, y generando una indemnización a favor del reportero y de la editorial. El caso es que Bea argumentó que las palabras de Ramos suponían «un enorme perjuicio moral y degradación hacia su persona frente a la sociedad en general y sus paisanos gallegos, en particular».

Los abogados del antiguo regidor grovense subrayaban, en su demanda, que nunca había sido condenado por narcotráfico en sentencia firme, sino absuelto por un defecto de forma en el 2006. En resumidas cuentas, Bea Gondar requería el pago de cincuenta mil euros para restañar la ofensa de la que aseguraba sentirse víctima. El demandado, en cambio, apeló a la libertad de expresión y negó que ninguna de sus expresiones incurriesen en una vulneración del derecho al honor. La Fiscalía, por último, solicitó la absolución y la desestimación de la denuncia.

Todo esto es lo que llegó a manos de la titular del Juzgado de Instrucción y Primera Instancia de Collado Villalba, cuyo dictamen difícilmente podría ser más claro. La magistrada señala, en primer lugar, que no es el demandado el que publica la información que da pie a la acción de Bea Gondar, sino un periodista que recoge sus afirmaciones.

Entiende, por otra parte, que Marcos Ramos se limita a expresar su opinión «de modo muy general, sin señalar en modo alguno al señor Bea y en indudable referencia a la situación vivida en su comarca en los años 80 y 90». No se puede mantener, por lo tanto, «que le atribuya al señor Bea la condición de narcotraficante, dados los términos genéricos que emplea». Ni siquiera el hecho de que el autor de la información hable de la relación de Bea Gondar con el narcotráfico le parece a la jueza algo arbitrario, ya que entiende que dicha información «estaría respaldada por la condena por la Audiencia Nacional en sentencia de fecha 27 de julio del 2005 como autor de un delito de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico». En cuanto al asunto del 3 %, el fallo considera que se trata de una «protesta irónica frente al secuestro del libro». Conclusión: «La libertad de información y expresión priman frente al derecho al honor del recurrente, que se debilita indudablemente».