Ratifican los 9 años de cárcel para los delincuentes Kiko Añón Traba y Daniel Añón Botana

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO

Toni Longueira

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado las penas de prisión dictadas en primera instancia por la Audiencia Provincial de A Coruña

02 ago 2023 . Actualizado a las 20:05 h.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado los 9 años de prisión dictados en primera instancia por la Audiencia Provincial de A Coruña contra Francisco Añón Traba y Daniel Añón Botana.

Para Kiko Añón, el tribunal mantiene los siete años y seis meses de prisión por un delito continuado de robo con fuerza y otros 22 meses por un delito leve continuado de hurto y otro de falsedad en documento oficial. Para el otro implicado, Daniel Añón Botana, los jueces mantienen los seis años y seis meses de prisión por un delito continuado de robo con fuerza, otros 22 meses por un delito leve continuado de hurto y otro de falsedad en documento oficial, así como un año y cuatro meses por tenencia ilícita de armas de fuego.

A finales de octubre la Audiencia Provincial condenó a estas dos personas a 19 años de cárcel en relación a ocho robos perpetrados en negocios de Pontevedra, Ordes, Cabanas, A Coruña, Vedra, Oroso y Carral, denunciados entre los días 9 y 16 de septiembre del 2020.

Mientras el otro procesado en esta causa, Jesús Silva Iglesias, pactó con la Fiscalía 4 años de cárcel a cambio de reconocer la autoría de los hechos, los abogados de Kiko Añón Traba y de Daniel Añón Botana presentaron recursos de apelación contra estos fallos dictados en primera instancia.

En el caso de Kiko Añón Traba, su letrado apeló la sentencia bajo el argumento de que no se tuvo en cuenta, ni en fase de instrucción ni durante la celebración del juicio, el principio de presunción de inocencia, toda vez que el acusado siempre sostuvo que no tuvo nada que ver en los hechos que se le atribuían. Según la Sala de lo Civil y lo Penal del TSXG, este argumento no tiene solidez legal alguna, toda vez que el sistema de geolocalización instalado en el BMW empleado para perpetrar los robos y las grabaciones de las cámaras confirman fehacientemente su participación en estos hechos.

Por parte de Daniel Añón Botana, su abogado solicitó, sin éxito, una rebaja en la condena al considerar que en el fallo de la Audiencia Provincial no se tuvo en cuenta la atenuante de drogadicción a la hora establecer la pena por el delito de falsedad documental y del de tenencia ilícita de armas de fuego.