Un condenado, a su expareja, a la que agredió en un bar de Carballo: «Si no eres para mí no eres para nadie»

Antonio Longueira Vidal
T. Longueira CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO MUNICIPIO

BASILIO BELLO

La Audiencia Provincial le ratifica una pena de seis meses de prisión y una orden de alejamiento de 300 metros durante un año y medio

12 ene 2019 . Actualizado a las 08:52 h.

La Audiencia Provincial ha ratificado la condena para un carballés de 54 años por agredir a su expareja y al nuevo novio de esta en un bar de Carballo. En concreto, le fue impuesta una pena de seis meses de prisión, además de una orden de alejamiento de 300 metros durante un año y medio. El tribunal ratificó así, punto por punto, un primer fallo dictado por el Juzgado de lo Penal número 6 de A Coruña y tumbó el recurso de apelación presentado por la abogada del agresor.

Los hechos juzgados ocurrieron el 2 de noviembre del 2016. El condenado había mantenido una relación con una mujer, que la había dado por finiquitado hacía tiempo. De hecho inició una relación sentimental con otro hombre. Durante la tarde de aquel 2 de noviembre, el acusado llamó a su expareja, según recoge la sentencia, «en reiteradas ocasiones, hasta que la víctima decidió descolgar el teléfono ante su insistencia».

Ambos quedaron en un bar del casco urbano carballés. Pero la mujer lo hizo acompañada de su actual pareja. Sobre las nueve de la noche apareció en el local el condenado. Una vez dentro se dirigió hacia el novio de su expareja. La mujer se interpuso entre ambos para evitar una agresión. Resultó inútil. El agresor los golpeó en el rostro. Ambos precisaron de atención sanitaria y permanecieron varios días de baja como consecuencia de las lesiones. El agresor fue arrestado y un juez fijó medidas cautelares, aunque quedó en libertad en calidad de investigado.

En el primer juicio, celebrado el 3 de abril de este año, el acusado fue condenado a 6 meses de prisión y el instructor decretó una orden de alejamiento de 300 metros de su expareja además de fijar una indemnización por lesiones para su expareja y el novio de esta.

Sin embargo, el acusado apeló ante la Audiencia Provincial. Alegó que se habían vulnerado sus derechos: presunción de inocencia y valoración errónea de pruebas presentadas en el primer juicio. Sin embargo, el tribual tumbó uno por uno sus argumentos. Considera veraz y objetiva la versión de la víctima y sobre todo, la de algún testigo, quien había relatado que mientras pegaba a su expareja y al novio de esta, el acusado soltó: «Si no eres para mí no eres para nadie».