El Concello evita pagar 193.000 euros a un propietario por los terrenos afectados por la apertura de una calle

La Voz

A ESTRADA

r. g.

17 oct 2018 . Actualizado a las 07:55 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso presentado por un propietario de A Estrada contra la desestimación -por silencio administrativo- de una reclamación de responsabilidad patrimonial, según informa el alcalde estradense, José López. El particular es propietario de un solar de 325 metros cuadrados que tiene su frente hacia la Avenida Fernando Conde, al lado del edificio de viviendas de protección autonómica construido en la citada rúa. Según el recurso, el Concello permitió que el edificio de viviendas de protección excediese en 3,5 metros la alineación prevista en las antiguas Normas Subsidiarias de planeamiento urbanístico, con lo que el vial sin salida que se asfaltó entre ambas propiedades se hizo a costa de invadir parte del solar sin edificar. El propietario, de hecho, colocó en su día un cierre delimitando lo que considera que es su solar, que incluye una franja de la zona asfaltada.

Esta reducción impidió además conseguir licencia para construir, ya que con el recorte el solar en cuestión no alcanza la superficie mínima edificable.

Además, en el PXOM aprobado en junio del 2013 la parcela quedó afectada por una calle de nueva apertura que comunicará la Avenida Fernando Conde con un ámbito de suelo urbanizable no delimitado previsto en la parte posterior. Cuando se abra la calle, los afectados deberán ceder gratis los terrenos necesarios. Los propietarios del solar consideran que no obtendrán compensación alguna, ya que su solar ya tiene la condición de suelo urbano consolidado. Destacan que si ese vial se abre con una sección de 12,5 metros entre alineaciones calculados desde la fachada del edificio de viviendas de protección, tal como recoge el PXOM, entonces la merma total de su solar será de 117,48 metros cuadrados destinados a viario.

Los propietarios reclamaban 193.000 euros por la parte de solar que tendrán que ceder gratis y una indemnización por los gastos de los intentos infructuosos de desarrollo del solar. El TSXG ha desestimado el recurso, destacando, entre otras cuestiones, que los afectados no alegaron al PXOM cuando era el momento.