La UE declara ilegal el sistema español de cálculo del paro en empleos por horas

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

OSCAR CELA

Una sentencia del tribunal de Luxemburgo dice que la fórmula discrimina a la mujer

10 nov 2017 . Actualizado a las 12:54 h.

La legislación laboral española acaba de recibir un nuevo bofetón por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ayer hizo pública una sentencia en la que declara ilegal, por considerar que discrimina a las mujeres, el sistema español para calcular la prestación por desempleo en los contratos a tiempo parcial vertical, es decir, por horas. La institución con sede en Luxemburgo resuelve el caso de una mujer que trabajó como limpiadora durante más de doce años y medio (entre diciembre de 1999 y julio del 2013) ininterrumpidos, con una jornada diaria de dos horas y media, tres días por semana.

Cuando se extinguió su relación laboral y la trabajadora solicitó el cobro de su prestación por desempleo, el Servicio Público de Empleo Estatal le concedió paro por un período de 420 días en lugar de los 720 a los que la demandante consideraba que tenía derecho. Así pues, la mujer presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona, que entendió que, como sostenía la demandante, excluir los días no trabajados al calcular su prestación por desempleo equivalía a introducir una diferencia de trato en detrimento de los trabajadores a tiempo parcial de tipo vertical.

Además, el juzgado entendió que esta categoría de trabajadores está «doblemente penalizada», ya que a la inferior prestación por desempleo se suma que afecta a «una proporción mucho mayor de mujeres que de hombres», ya que entre el 70 y el 80 % de los empleados por horas son féminas. Por ello, el tribunal español preguntó al TJUE si la legislación española en este asunto se opone a la directiva europea sobre la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social.

Igual que a tiempo completo

El alto tribunal europeo le ha dado la razón a la trabajadora, ya que considera ilegal el sistema español de cálculo para determinar el período de prestación por desempleo y establece que cada día de trabajo a tiempo parcial debe computar como un día a tiempo completo para calcular los períodos de cotización para el cobro del paro.

El TJUE infiere que la fórmula que aplica España constituye «una diferencia de trato en perjuicio de las mujeres», que son las que mayoritariamente acceden a este tipo de empleos.

El Gobierno alegó que el principio de cotización a la Seguridad Social justifica la existencia de la diferencia de trato observada, y que para respetar el principio de proporcionalidad se contabilizan solo los días realmente trabajados. Pero Luxemburgo no transige e insiste en que «la medida nacional controvertida no parece adecuada para garantizar la correlación que debe existir entre las cotizaciones pagadas por el trabajador y los derechos que puede reclamar en concepto de prestación por desempleo».

El fallo abre la puerta a que los trabajadores a tiempo parcial reclamen

«Lo que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea determina es que cada día de trabajo a tiempo parcial computa como un día a tiempo completo para calcular los períodos de cotización, para estimar la prestación por desempleo», resume Antonio Arsenio Iglesias Vázquez, socio de Vento Abogados y Asesores.

Pero el experto considera que los efectos del fallo irán más lejos. «Quizá se está abriendo la posibilidad de que todas aquellas personas que hayan trabajado a tiempo parcial y estén percibiendo una pensión de jubilación o una incapacidad, puedan reclamar que los días cotizados cuando trabajaron a tiempo parcial computen como días completos para determinar los períodos de cotización», añade el especialista.

Incrementar la pensión

En lo que respecta a los trabajadores que ya estén percibiendo la pensión, Iglesias Vázquez considera que podrían reclamar que se calculen las etapas cotizadas con el nuevo criterio, «con derecho a incrementar la pensión según proceda».

Según los últimos datos estadísticos disponibles, los correspondientes al tercer trimestre del año, el 14,3 % de los ocupados en España, lo que se traduce en más de 2,7 millones de trabajadores, tienen un empleo a tiempo parcial. Se trata de la tasa más baja registrada en los últimos años.