Montoro mete mano a la venta en línea

G. Lemos MADRID

ECONOMÍA

VÍTOR MEJUTO

Hacienda aclara que las compras entre particulares en plataformas como Wallapop tributan un 4 % en transmisiones

16 nov 2017 . Actualizado a las 22:38 h.

Hacienda no está dispuesta a mirar para otro lado mientras, cada día, miles de particulares hacen negocio en Internet ajenos (al menos hasta ahora) al Gran Hermano del fisco. La Dirección General de Tributos (DGT) acaba de aclarar, negro sobre blanco, las obligaciones tributarias de todos aquellos que compran y venden productos de segunda mano a través de plataformas tan populares como Wallapop, Vibbo, eBay o Facebook.

En respuesta a una consulta planteada por una contribuyente, el organismo encargado de interpretar la normativa fiscal recuerda que estas operaciones de compraventa tienen la consideración de transmisiones patrimoniales y que, como el vendedor es un particular y no una empresa o un profesional, en lugar de tributar en el IVA deben hacerlo en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (el mismo que se aplica, por ejemplo, en la venta de una vivienda o un coche de segunda mano). De acuerdo con la regulación de este, es el comprador el que está obligado a pasar por caja, tributando un 4 % del «valor real» del bien adquirido.

Un matiz que no es inocente. Porque aunque la autoliquidación de este impuesto se suele hacer sobre el precio al que se cierra la compraventa, el fisco puede hacer una comprobación de valores (ocurre con frecuencia con las viviendas o las parcelas) y hacer una paralela para reclamar la diferencia.

Pero eso ya es ir más allá. De momento, Hacienda se ha limitado a recordar a los usuarios de estas aplicaciones sus obligaciones fiscales, que, como puntualizó este jueves el ministro Cristóbal Montoro, no suponen «ninguna novedad, no se cambia el impuesto». «En España, las transacciones comerciales se gravan [...]. Lo que se está haciendo es interpretar la legislación vigente, que siempre ha previsto esta opción», dijo Montoro, para quien «el comercio on-line no puede ser diferente» en la aplicación de las leyes.

Pero las plataformas afectadas consideran que esa normativa «deberá ajustarse a la situación real del mercado», como apuntaron este jueves desde Wallapop, la única compañía que hizo una referencia pública a la polémica a través de sus redes sociales. Desde ellas se ofreció a colaborar con Hacienda para «crear un marco legal que sea coherente y realista con los nuevos modelos de consumo colaborativo».

Ganancia patrimonial

El comprador no es el único que tiene obligaciones fiscales. En caso de que el vendedor obtenga una plusvalía con la operación (esto es, que saque por el producto más de lo que le costó en su día), esa ganancia patrimonial debería tributar en el impuesto de la renta. No es lo habitual, pero puede suceder en casos muy contados de objetos que se revalorizan con el tiempo. Estas son las investigaciones que se están priorizando desde la Agencia Tributaria, que en los últimos años ha puesto la economía digital bajo la lupa, como certifican los últimos planes de control tributario.

En el caso del impuesto de transmisiones (el que se exige a los compradores), el tributo está cedido a las comunidades y son estas las encargadas de su recaudación, por lo que, aunque la Agencia Tributaria recabe datos de las diferentes plataformas de venta entre particulares, en el caso de Galicia sería la Axencia Tributaria autonómica (Atriga) la que debería reclamar el pago del impuesto cuando este no sea liquidado, aunque diversas fuentes consultadas asumen que no es posible abrir una causa general y dan por seguro que, por operativa, las comprobaciones se centrarán en las operaciones de mayor importe, que son las más jugosas para el fisco.