El Supremo relaja los requisitos para que los jubilados puedan hacer trabajos sin cotizar ni perder la pensión

G. L. REDACCIÓN / LA VOZ

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Establece que sus ingresos no pueden superar el salario mínimo, pero medido en términos netos, no brutos

08 nov 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Aunque no es habitual, en ocasiones David se impone a Goliat. También en los tribunales. Es lo que le ha pasado a un jubilado segoviano, que ha ganado el pulso judicial que libraba con la


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