El juez sitúa a Zapatero como líder de una estructura criminal «jerarquizada» y le acusa de cobrar dos millones en mordidas
ESPAÑA
Sostiene que la red corrupta usó al expresidente y a Ábalos para «obtener beneficios económicos» por el rescate de la aerolínea Plus Ultra y que Zapatero creó una sociedad en Dubái para esconder el dinero
22 may 2026 . Actualizado a las 10:46 h.1.948.857 euros en mordidas escondidas supuestamente en un entramado opaco en Emiratos Árabes. El auto del levantamiento del secreto del juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama coloca a José Luis Rodríguez Zapatero en el vértice de una presunta trama de influencias que, según el auto en el que levanta el secreto del caso Plus Ultra, habría actuado para conseguir el rescate público de 53 millones de euros concedido a la aerolínea durante la pandemia por el Gobierno de Pedro Sánchez. Parte de ese dinero público - sostiene el instructor- ha acabado, a través de una compleja operación internacional y con empresas interpuestas, en el bolsillo del exdirigente socialista. La resolución, de 85 páginas, sostiene que los directivos de Plus Ultra intentaron obtener la ayuda de la SEPI mediante dos vías paralelas, una a través del entonces ministro de Transportes José Luis Ábalos y otra a través del expresidente del Gobierno, si bien fue esta última la que, según el instructor, adquirió un «papel predominante» para alcanzar los objetivos perseguidos.
Calama no se limita a citar a Zapatero como investigado el próximo 2 de junio. El magistrado le atribuye directamente el liderazgo de «una estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias» cuya finalidad era «la obtención de beneficios económicos mediante la intermediación y el ejercicio de influencias ante instancias públicas en favor de terceros, principalmente Plus Ultra». El auto cifra exactamente en 1.948.857 euros el dinero que, según la investigación, terminó en manos de Zapatero y de su entorno familiar a través de distintos canales societarios. De esa cantidad, 1.525.078 euros habrían sido abonados directamente al expresidente y 423.779 euros a Whathefav, la empresa administrada por sus hijas. A esa suma de casi dos millones, Calama añade como elemento diferenciado el contrato del 1% del rescate, por 530.000 euros, que la Audiencia Nacional vincula a Idella y a una sociedad ‘offshore' en Dubái como posible vía para canalizar ese cobro fuera de España.
Según el auto, Análisis Relevante -la empresa del amigo de Zapatero 'Julito' Martínez, asesor de Plus Ultra- habría remitido 490.780 euros a Zapatero y 239.755 euros a Whathefav. Pero esos pagos solo son la punta de iceberg, según la UDEF, que ha localizado una verdadera ensalada de firmas para ocultar fondos. Gate Center, otra empresa de la trama, habría enviado otros 352.980 euros al expresidente y 171.727 euros a la mercantil familiar; y sociedades del grupo Thinking Heads, vinculado a Daniel Romero-Abreu Kaup, habrían transferido 681.318 euros al exjefe del Ejecutivo y 12.297 euros a la empresa de sus hijas. Para el juez, esos movimientos muestran que «la mayor parte de los fondos» recibidos por Análisis Relevante - procedentes de Plus Ultra, Inteligencia Prospectiva, Softgestor y Grupo Aldesa - acabó en el entorno de Zapatero.
Calama encuadra ese flujo de dinero en una estructura de sociedades instrumentales y contratos de asesoría o consultoría que, según la resolución, se habrían utilizado como «mera justificación documental frente a terceros». El magistrado sostiene que el principal beneficiario final de los ingresos obtenidos sería Zapatero, junto a Whathefav, «recurriéndose nuevamente a contratos de similar naturaleza para justificar el trasvase de fondos». En ese entramado, Julio Martínez Martínez habría actuado como interlocutor de clientes, receptor y ejecutor de instrucciones del expresidente y responsable de canalizar los fondos a través de su entorno societario. El dinero, según los investigadores, se habría canalizado en Landside Dubai Fzco o Landside Middle East Fzco, una sociedad ‘offshore' que, según el auto, se creó siguiendo instrucciones de Zapatero y estaba participada al 100% por Idella Consulenza Strategica, administrada por Julio Martínez. Idella había suscrito con Plus Ultra un contrato para cobrar 530.000 euros, equivalentes al 1% del rescate público. El juez subraya la proximidad entre ese contrato, fechado el 19 de enero del 2021, y el inicio de las gestiones para constituir la sociedad en Dubái, el 26 de enero, así como la ausencia de pagos en España, lo que «refuerza la hipótesis» de que la sociedad emiratí fue creada para recibir fondos en el extranjero y «evitar su trazabilidad en territorio español». Para Calama, esa operativa puede encajar en un patrón de blanqueo de capitales por la creación de sociedades en jurisdicciones de «baja transparencia», el uso de estructuras fiduciarias para ocultar la titularidad real, la canalización de fondos a través de cuentas o productos financieros en el extranjero y la «desconexión deliberada» entre el origen del dinero y su destino final. El juez concluye que existen indicios de actos de «ocultación, conversión o transmisión de bienes presuntamente ilícitos» mediante «una estructura societaria internacional diseñada para impedir su rastreo».
El auto sostiene que la investigación ha permitido constatar la existencia de «una trama organizada de ejercicio ilícito de influencias, estructuralmente organizada y liderada por José Luis Rodríguez Zapatero», que habría puesto «sus contactos personales y su capacidad de acceso a altos cargos de la Administración al servicio de terceros interesados en obtener decisiones favorables». Según el juez, esa estructura utilizó sociedades instrumentales, documentación simulada y canales financieros opacos «para ejercer influencias ilícitas, ocultar el origen y destino de los fondos y obtener beneficios económicos en favor de terceros y del propio entramado». La resolución describe una red con reparto interno de funciones. Junto a Zapatero, Calama sitúa a Manuel Aaron Fajardo García y a Julio Martínez Martínez (íntimo amigo del Zapatero) como «intermediarios directos con los clientes». También atribuye un papel operativo a María Gertrudis Alcázar, secretaria de la oficina del expresidente, y a Cristóbal Cano, gestor del entorno societario de Martínez. Esa distribución, según el magistrado, «revela un reparto funcional de tareas orientado a maximizar la eficacia de las gestiones ante organismos públicos».
El instructor afirma que la red investigada no buscaba una expectativa genérica o un trato favorable indeterminado, sino una decisión administrativa concreta: «la aprobación y desembolso de la ayuda pública solicitada por Plus Ultra en el marco del Fondo de Apoyo a la Solvencia». Para el juez, la secuencia de reuniones, contactos y comunicaciones, incluido el supuesto «acceso anticipado a información privilegiada sobre la inminente concesión de la ayuda», evidencia que la red actuó para influir en el órgano competente.
Una de las novedades más relevantes del auto es la descripción de esas dos líneas de presión para conseguir la ayuda de la SEPI. Calama sostiene que los directivos de Plus Ultra intentaron obtener los 53 millones mediante «mecanismos ajenos a los cauces legalmente establecidos» y que para ello articularon dos vías diferenciadas: una a través de Ábalos y otra a través de Zapatero. Aunque ambas habrían operado de forma simultánea, el magistrado afirma que fue la vía del expresidente la que permitió a la aerolínea alcanzar los objetivos perseguidos. Ese extremo conecta con las acusaciones que ya habían realizado Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama sobre las supuestas presiones para sacar adelante el rescate de la aerolínea, pero ahora aparece incorporado al razonamiento judicial del instructor. Hasta ahora, el expresidente había negado tajantemente cualquier intervención ante el Gobierno o ante la SEPI. En su comparecencia en el Senado sostuvo que no habló ni con Pedro Sánchez ni con ningún miembro del Ejecutivo sobre Plus Ultra y defendió que sus cobros de Análisis Relevante respondían a trabajos privados de consultoría, legales y declarados ante Hacienda.
El juez también pone el foco en las contraprestaciones económicas. Según el auto, la investigación revela pagos canalizados a través del entorno societario de Julio Martínez Martínez mediante «contratos de asesoría elaborados ad hoc» y abonos directos e indirectos procedentes de Plus Ultra y de otras sociedades vinculadas. Para Calama, esos pagos constituyen un «indicio relevante de la relación causal entre la actividad de influencia y el beneficio económico perseguido». La resolución menciona sociedades instrumentales como Caletón Consultores y Summer Wind, que demostrarían la «triangulación de pagos» y la intervención de administradores con funciones de testaferros. Esa estructura, según el magistrado, refuerza la apariencia de un entramado diseñado para «ocultar el origen y destino de los fondos».
El auto también subraya que los investigados habrían conocido la concesión de la ayuda antes de su aprobación definitiva. Calama destaca un intercambio de mensajes de febrero del 2021 en el que dos investigados celebraron la concesión del rescate antes de la decisión formal del Consejo Gestor y antes de la aprobación definitiva del 9 de marzo. Para el juez, ese episodio demuestra la capacidad de la red para acceder a información privilegiada. La resolución insiste en que el contacto de Plus Ultra con el entorno de Zapatero «no fue casual», sino que se inserta en una trama organizada que seleccionaba clientes, impartía instrucciones para crear sociedades en territorios «offshore» y adoptaba estrategias para desvincular formalmente al expresidente de la estructura.
Los cuatro delitos que le atribuyen a Zapatero
El expresidente del Gobierno tendrá que aclarar sus trabajos de consultoría para la empresa Análisis Relevante, administrada por Julio Martínez, asesor de la compañía aérea Plus Ultra -rescatada por el Gobierno en el 2021 por 53 millones de euros e investigada por derivar parte de esta ayuda a actividades ilícitas de blanqueo- e imputado desde el origen en esta causa en un juzgado de Madrid. Estos son los cuatro ilícitos penales por lo que tendrá que declarar el exdirigente socialista:
- Delito de falsedad documental: Consiste en alterar, simular o crear un documento total o parcialmente con la intención de engañar o causar un perjuicio. Este delito protege la fe pública y la seguridad jurídica. Las penas varían significativamente dependiendo del tipo de documento falsificado y de quién cometa el acto. Si se trata de documentos públicos, oficiales y mercantiles. Si es cometido por un particular, las penas se estiman entre seis meses a tres años de prisión y multa.
- Delito de tráfico de influencias: Se produce cuando una persona utiliza su posición o sus relaciones personales con un funcionario o autoridad pública para conseguir una resolución favorable que le genere un beneficio económico a ella o a un tercero. En España, este delito está regulado en el Código Penal y se divide en dos modalidades principales: cuando ha sido cometido por autoridad o funcionario público o por un particular, es decir, cuando una persona sin cargo público aprovecha su relación personal con un funcionario para conseguir un beneficio económico y se castiga con penas de prisión de seis meses a dos años.
- Delito de organización criminal: Castiga la agrupación estable de más de dos personas que, de forma coordinada y con reparto de tareas, se asocian para cometer delitos. Se penaliza la propia estructura y participación, independientemente de que se llegue a consumar el objetivo delictivo final. Para que exista organización criminal se deben cumplir los siguientes requisitos básicos: pluralidad de personas, permanencia en el tiempo y reparto concertado de tareas o funciones. La finalidad es cometer delitos y la horquilla de las penas es muy amplia: de uno a ocho años de cárcel dependiendo del rol en el grupo delictivo.
- Delito de blanqueo de capitales: Es el proceso mediante el cual se oculta o encubre el origen ilícito de bienes o dinero, dándoles apariencia de legalidad. El tipo básico castiga las siguientes acciones, incluso si el delito previo se cometió en el extranjero: adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes a sabiendas de que proceden de una actividad delictiva. Realizar actos para ocultar o encubrir el origen ilícito. Ayudar a los autores del delito principal a eludir las consecuencias legales de sus actos. Las sanciones varían según la gravedad y el contexto de la operación. Del tipo básico de seis meses a seis años y multa del triple del valor de los bienes y agravado, cuando las penas aumentan a entre tres y seis años de prisión si los bienes provienen del tráfico de drogas, delitos de corrupción o contra la Hacienda Pública. Si el delito se comete en el seno de una organización criminal, las penas pueden llegar hasta los nueve años para los cabecillas.