Calama rectifica y admite estudiar parte de la nulidad del caso solicitada por Zapatero
ESPAÑA
El juez acepta que la defensa accedió varios días después a documentación esencial, aunque mantiene fuera del incidente la revisión de los registros o de las joyas
31 jul 2026 . Actualizado a las 16:56 h.El juez del caso Plus Ultra, José Luis Calama, ha rectificado parcialmente su decisión de inadmitir por extemporáneo el incidente de nulidad promovido por José Luis Rodríguez Zapatero y analizará ahora si procede excluir algunas pruebas o anular parte de las resoluciones cuestionadas por el expresidente. El magistrado ha comprobado que determinados documentos no estuvieron disponibles para la defensa en la fecha que tomó inicialmente como referencia y que, respecto de esas actuaciones, el plazo legal de veinte días no había vencido cuando se presentó la impugnación.
La decisión no supone que Calama haya anulado ninguna diligencia ni que haya aceptado los argumentos de fondo de Zapatero. El instructor se limita a permitir que continúe la tramitación del incidente respecto de una parte de la documentación. Las resoluciones notificadas directamente al investigado y aquellas que permanecen fuera de plazo no serán revisadas por esta vía.
Calama había inadmitido en su totalidad la petición el pasado 24 de julio. En aquel auto situó el 25 de mayo como la fecha en que el abogado del expresidente pudo consultar las actuaciones en la plataforma Cloud de Justicia. Conforme a ese cálculo, los veinte días hábiles terminaron el 22 de junio y la posibilidad de presentar el escrito durante el denominado día de gracia expiró a las 15.00 horas del 23.
El incidente de nulidad fue registrado el 25 de junio, por lo que el juez concluyó que se había presentado dos días tarde y se negó a examinar las supuestas vulneraciones de derechos fundamentales denunciadas por la defensa.
El abogado de Zapatero, Víctor Moreno Catena, respondió atribuyendo al instructor un «error material» en el cómputo. Sostuvo que el acceso concedido el 25 de mayo no incluía todavía toda la documentación y que la pieza separada en la que figuraban las diligencias de investigación 1/2025 de la Fiscalía Anticorrupción no fue incorporada a la plataforma hasta el día 29.
La defensa recordó además que el 27 de mayo había presentado un escrito para solicitar acceso a la información «actualizada e íntegra». Según su argumentación, aquellas diligencias fiscales eran un elemento esencial para construir el incidente, por lo que el plazo no podía empezar a correr antes de que estuvieran realmente disponibles.
Moreno Catena subrayó que la petición de nulidad se registró el 25 de junio a las 12.53 horas y reclamó a Calama que dejara sin efecto la inadmisión y le diera el curso correspondiente. Tras revisar las fechas de incorporación y acceso a los documentos, el magistrado le ha dado ahora parcialmente la razón.
La ofensiva procesal de Zapatero es de gran alcance. El expresidente pidió que se declararan vulnerados sus derechos al juez ordinario predeterminado por la ley, a un proceso con todas las garantías, a la tutela judicial efectiva sin indefensión y a la presunción de inocencia.
También reclamó la expulsión de todas las pruebas obtenidas en las diligencias preprocesales de Anticorrupción y de las evidencias que, según su defensa, derivaron de ellas. Esa pretensión alcanzaba a la documentación intervenida en los registros y a una docena de resoluciones dictadas desde noviembre del 2025.