Multas de hasta 500 euros por no recoger los excrementos de las mascotas

FERROL

JOSÉ PARDO

La nueva ordenanza de animales aumenta las sanciones y elude la playa de perros

13 sep 2017 . Actualizado a las 07:48 h.

Tras ocho meses de retoques para recoger las alegaciones presentadas por los grupos políticos, la nueva ordenanza municipal de protección de los animales y convivencia responsable ya está en disponibilidad de ser aprobada definitivamente. De hecho, hoy se someterá a dictamen en la Comisión de Medio Ambiente y el alcalde, Jorge Suárez, anunció hace unos días que se incluirá en el orden del día del pleno de este mes.

Las novedades más significativas respecto al anterior texto, que databa de febrero del 2014, se refieren a las multas. En el caso de las derivadas de infracciones leves, las únicas cuya competencia sancionadora corresponde al Concello, concretamente al alcalde, las cuantías que estaban establecidas entre 60 y 300 euros pasan ahora a ser de entre 100 y 500 euros.

En cuanto a las graves y muy graves, cuya imposición corresponde a la Dirección Xeral de Patrimonio Natural y a la Consellería de Medio Ambiente, los baremos establecidos van desde 501 a 30.000 euros.

Las infracciones leves, que son las más habituales, se refieren al maltrato de los animales que no les cause dolor; la venta, donación o cesión a menores de 18 años o incapacitados sin autorización de quien posea la patria potestad, tutela o custodia; la donación como premio; mantenerlos atados más de ocho horas al día; no facilitarles comida o bebida suficientes; la carencia de un archivo de fichas clínicas; y la no recogida inmediata de los excrementos en la vía pública.

Por su parte, el abandono de animales, la mutilación innecesaria y la suministración de estimulantes no autorizados son, entre otras, actuaciones que pueden ser sancionadas como infracciones graves.

Por su parte, las tipificadas como muy graves se concretan en un maltrato que les cause la muerte, la organización de peleas, la venta de ejemplares con enfermedades infecto-contagiosas o para experimentación a centros no autorizados y la esterilización o sacrificio sin control facultativo.

La nueva ordenanza establece, asimismo, la obligación del microchip y el registro de los animales, junto con la prohibición de molestar o capturar ejemplares salvajes urbanos, salvo en los controles poblaciones del Concello. Se prohíben, asimismo, los espectáculos circenses con animales y la alimentación de especies en la vía pública. A este respecto, se incluye un apartado para las colonias de gatos que proliferan en la ciudad, «que deberán ser debidamente identificados, desparasitados, vacunados y esterilizados por los veterinarios designados por el Concello».

Lo que no contempla el nuevo texto es la playa para perros, que sí figuraba en la anterior normativa, además de ampliar en un mes y medio la prohibición de que los canes puedan utilizar los arenales. Otro de los vetos que desaparece de la norma es la dejar temporalmente caballos en espacios públicos.