Una jueza sentencia que los Franco son legítimos propietarios de las estatuas del pórtico

Juan María Capeáns Garrido
juan capeáns SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

Estatuas de Isaac (izquierda) y Abraham (derecha), actualmente en poder de los Franco
Estatuas de Isaac (izquierda) y Abraham (derecha), actualmente en poder de los Franco xoan a. soler

La magistrada desestima «íntegramente» la demanda interpuesta por el Concello de Santiago contra los herederos del dictador

09 feb 2019 . Actualizado a las 11:31 h.

El Concello de Santiago ha perdido la batalla judicial en la que reclamaba la propiedad de las estatuas de Abraham e Isaac que el maestro Mateo esculpió para el pórtico de la Gloria. Sus legítimos dueños, según la magistrada del juzgado de primera instancia número 41 de Madrid, son los herederos de la familia Franco, tal como queda reflejado en una sentencia que trascendió en la tarde de ayer y a la que tuvo acceso Efe. En la misma, se desestima íntegramente la demanda interpuesta por la administración local, que ya ha anunciado su intención de recurrir en el plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial.

La magistrada Adelaida Medrano, que resolvió el conflicto en poco más de una semana, entiende que los razonamientos jurídicos aportados por el representante legal del Concello no han sido suficientes para cuestionar la tesis de los Franco, que sostuvieron a través de su abogado que ambas piezas acabaron formando parte del patrimonio familiar tras adquirírselas a un anticuario en los años 50. Sin embargo, los herederos del dictador no fueron capaces de aportar documentación alguna al respecto, alegando que han pasado siete décadas desde la transacción, que acabó con las piezas de Abraham e Isaac en la residencia vacacional de Meirás y, posteriormente, en la Casa Cornide de A Coruña. Además, el letrado coronó su defensa alegando que cualquier cuestión legal relativa a ese cambio de manos estaría prescrita. Acertó inicialmente Juan José Aizcorbe, ya que el eje de la sentencia es la prescripción adquisitiva o usucapión, que significa la adjudicación de una propiedad y sus derechos por el paso del tiempo bajo determinadas circunstancias.

El Ayuntamiento de Santiago fue capaz de probar con rigor documental todo el proceso de compra de las esculturas en 1948, que estaban en manos de un particular, pero el hilo se pierde en el momento que aparecen en una propiedad de los Franco. Para el Concello, lo que ocurrió fue que el alcalde de Santiago en la década de los 50, Enrique Otero, no pudo o no quiso resistirse al interés que ambas obras de arte despertaron en la esposa de Franco, Carmen Polo, que las vio durante una visita al pazo de Raxoi. A los pocos días, y sin que mediase ningún acuerdo municipal, las figuras llegaron a Meirás y engrosaron el patrimonio familiar del dictador. Es la historia oral sin testigos que ha trascendido de una situación verosímil pero muy difícil de probar documentalmente.

 Sin pruebas ni testigos

Y por ahí se dobló la estructura argumental del Concello. Para la magistrada, faltan explicaciones firmes que puedan garantizar ante la justicia que esa transacción se produjo en los términos que relata el Concello sin aportar testimonios ni escrituras públicas. Para la jueza, el hecho de presentar documentos de los años 40 o el expediente de adquisición solo prueba que, efectivamente, la entidad local fue propietaria durante unos años de las esculturas, pero esa circunstancia no impide que después existiesen otras transacciones, como defiende la familia Franco.

El alcalde de Santiago, Martiño Noriega, ya adelantó el mismo día de la vista oral que el juicio iba a ser largo y que probablemente llegaría incluso al Supremo, ganase quien ganase en primera instancia. De momento, pierde la institución pública.

La familia encuentra un escudo para su patrimonio

Hará falta alegar algo más que «abuso de poder» o «expolio» para arrebatarle a la familia Franco las propiedades que fueron sumando a su patrimonio mientras duró la dictadura. El juicio visto en Madrid tenía interés de por sí, por el innegable valor artístico de las dos esculturas del pórtico de la Gloria, pero de fondo latía también la oportunidad de hallar un resquicio judicial para ampliar las demandas a otras propiedades que llegaron a manos del dictador y que ahora gestionan sus herederos, que son María del Carmen, Jaime Felipe, María Aránzazu, José Cristóbal, María del Mar y María de la O Martínez-Bordiú Franco.

Colectivos sociales capitalizaron la principal demanda, que es la recuperación del pazo de Meirás para el disfrute público, y los partidos políticos asumieron por unanimidad aunque con diferente intensidad ese desafío. Ahora, la familia ha encontrado una línea de defensa para mantener todo bajo su control sin necesidad de demostrar las adquisiciones, porque el paso del tiempo sin que exista una reclamación pública es suficiente para no dudar de la propiedad.

Las dos piezas de Abraham e Isaac fueron retiradas del conjunto escultórico de la catedral compostelana hace quinientos años, cuando se prescindió de ellas para construir unas puertas que protegiesen la obra cumbre del maestro Mateo. Durante más de doscientos años estuvieron en un edificio educativo de la ciudad, y en el siglo XVIII pasaron a propiedad del conde de Ximonde, que las llevó para un pazo del casco histórico. Un descendiente del noble, Santiago Puga, se las vendió en 1948 al Concello de Santiago. Cerró la operación por 60.000 pesetas (360 euros) e incluyó una cláusula por la cual las piezas deberían estar siempre en el patrimonio artístico municipal, por expreso deseo del conde. Lo cierto y probado es que Abraham e Isaac salieron rumbo a Meirás en 1954 sin que ni el Concello ni el propio noble se atreviesen a cuestionar la cesión, regalo o venta -ahí estaba la clave del juicio- al poderoso dictador, según la versión que expuso el Concello durante el juicio. «Nadie podía reaccionar frente a Franco», argumentó el abogado Xoaquín Monteagudo. El lunes empezará a preparar el recurso.