Un juzgado madrileño anula una multa del Pegasus por falta de revisión del radar

La Voz

GALICIA

Tráfico no acreditó que la maquinaria hubiera pasado los controles periódicos obligatorios

22 nov 2019 . Actualizado a las 15:36 h.

Circulaba a 138 kilómetros por hora por una tramo de la madrileña M-607 limitado a 100 kilómetros por hora. Era una tarde de junio del 2018 y sobre la cabeza de este conductor volaba uno de los helicópteros Pegasus que vigila las comunidades de Madrid y Castilla-La Mancha. El radar de la aeronave captó ese exceso de velocidad y poco tiempo después la Jefatura Provincial de Tráfico procedía a sancionar al automovilista.

La infracción iba a costarle 300 euros de multa y la pérdida de dos puntos del carné. Pero la sanción ha sido anulada por un juzgado madrileño, al entender que no estaba acreditado que se hubieran realizado las revisiones periódicas obligatorias que debe pasar el radar de la aeronave.

La defensa del conductor, ejercida por Pyramid Consulting, presentó un recurso y solicitó a la Administración la acreditación de que el dispositivo había pasado los controles periódicos a los que está obligado para garantizar que las imágenes que capta no han sido alteradas ni captadas de manera errónea.

Y es que tanto los cinemómetros como las cajas en las que van instalados tienen que pasar inspecciones tras sufrir una reparación o si se realiza en ellos algún tipo de modificación pero, además, deben ser revisados de manera periódica. Si no se realizan dichos controles cada seis años, su uso queda prohibido, aclaran desde la empresa encargada de presentar el recurso a la multa por exceso de velocidad.

La sentencia que anula la sanción hace referencia a la necesidad de que la Administración acreditase «el correcto funcionamiento de la cabina que aloja el cinemómetro», y alude para ello a una orden del 2010 que regula el control metrológico de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de los vehículos a motor.

Según el fallo, en el caso recurrido «no consta» la «preceptiva verificación de la cabina» no habiéndose aportado «certificado alguno» respecto a ella. Por ese motivo estima el recurso del conductor y anula la sanción.

Además, la resolución judicial condena a Tráfico a asumir el pago de las costas del juicio. Un importe que en este caso asciende a 200 euros.

La decisión es firme, ya que contra ella no cabe ningún tipo de recurso, por lo que supone el final del proceso judicial que se inició el año pasado.

Distintos Pegasus en cada territorio

Dos helicópteros Pegasus cubren el área de la Comunidad de Madrid y Castilla-La Mancha. Desde el aeropuerto de Sevilla parte el que vigila la zona oeste de Andalucía y Extremadura, mientras que la otra mitad de la comunidad andaluza se cubre desde Málaga. El helicóptero que controla Galicia y Asturias tiene su base en A Coruña, mientras que el de Castilla y León la tiene en Valladolid y el de la Comunidad Valenciana la tiene en Valencia. El Pegasus con base en Zaragoza controla Aragón, Navarra y La Rioja. En Baleares no hay aeronave y los helicópteros tampoco operan en País Vasco y Cataluña donde no tienen competencias.