Mini o macro falda, ¿son esos todos los problemas de la mujer de 1968?

Almudena Mazarrasa DIARIO DEL 68

HEMEROTECA

06 may 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Se ha puesto de moda hablar de la conveniencia de la falda. Dan mil consejos para convencer a las mujeres de que es mejor la minifalda si se tienen las piernas bonitas y la macrofalda en el caso de que la naturaleza haya sido algo más roñosa. Todos los pronósticos aseguran que este otoño se verán más mujeres macrofalderas. Imagino que los hombres no estarán nada alegres con la idea, pero las mujeres se liberarán, al menos, de las insistentes miradas masculinas hacia sus rodillas y de los «piropos» a medio camino entre la grosería y la memez. Después de todo, no puede una pasarse la vida entera hablando de problemas de centímetros. Lo importante es saber andar por el mundo -en macro o minifalda- conociendo el mundo en que uno está viviendo.

¿Y la mujer española que pisa la tierra de España, conoce bien los problemas que la afectan? ¿Tiene las mínimas nociones sobre las leyes que regulan su situación jurídica?

¿Madurez a los 21 años?

Puede parecer una tontería, pero ocurre, por ejemplo, y para comenzar, que a nuestras mujeres, aunque se las considera mayores de edad a los 21 años y entonces adquieren la plenitud de sus derechos civiles, aún no se las considera suficientemente maduras hasta los 25 para abandonar el domicilio paterno sin licencia, a no ser que sea para contraer matrimonio o estado religioso. Resulta muy anacrónico que todavía la ley considere que la mujer es un ser que hasta los 25 años todavía anda a gatas y no puede tener la madurez suficiente para tomar por si misma la decisión de irse a vivir sola. Mientras que su hermano, si podría, aunque fuese mucho más inepto que ella. Pero, aquí no han hecho sino comenzar los problemas, que son exhaustivos.

Para tener una idea muy concreta habría que leerse el Código Civil, el Código Penal, y toda una serie de leyes. Para tener una buena idea de conjunto hay una serie de interesantes estudios en un libro de Ediciones de Cultura Popular llamado La mujer en España.

Problemas para la casada

Si la mujer soltera en España va siendo asimilada más fácilmente en la sociedad, todavía la mujer casada parece únicamente una prolongación de su marido. Ella no tiene la patria potestad sobre sus hijos, ni puede contratar ni obligarse en general sin licencia de su marido. Necesita también la licencia de este para trabajar. Y ocurre también que el marido puede oponerse a que sea la mujer la que cobre la remuneración del trabajo que ha realizado ella misma.

O sea, que el esposo podrá, en algunos casos, cobrar y disponer libremente del salario de su mujer. Si la mujer protesta será el juez el que decida y podrá autorizar a que ella cobre, siempre que la mujer pruebe que el salario lo invierte en las necesidades del hogar. 

¿Sumisión o cooperación?

Está claro que todas estas disposiciones y muchas otras sobre administración de los bienes en el matrimonio y separación de los cónyuges son discriminatorias contra la mujer. Son normas que, en vez de cooperar a una mayor coordinación mutua del matrimonio, presuponen que todavía estamos en la época de los romanos. Para los romanos la mujer no era un ser más maduro que el niño, se podía pasar la vida en una tutela continua, primero la del padre, después la del marido y, si fuera viuda, del hijo mismo.

Por esto está claro que todavía tenemos que seguir avanzando hasta conseguir estar consideradas como mujeres de 1968 y adelante. La ley de julio de 1961 sobre derechos políticos, profesionales y de trabajo de la mujer vino a dar un empujoncito, pero no todo se acabó ahí.

A fin de cuentas, la interesada en que se avance es la mujer misma, por eso tiene que estar enterada. ¿Qué dirías tu, chica de 23 años que quieres irte a vivir fuera de casa y no puedes hacerlo porque tu padre se opone? ¿Te haría gracia pensar cómo tú tendrías que doblegarte mientras tu hermano de 21 coge las maletas y se va?