Le niegan la custodia de su madre porque vive con su padre maltratador

Carlos Cortés
carlos cortés MONFORTE / LA VOZ

LEMOS

ALBERTO LÓPEZ

La mujer tiene una discapacidad y vive en una residencia especializada en Monforte

14 oct 2018 . Actualizado a las 09:45 h.

La Xunta seguirá como tutora legal de una mujer discapacitada que vive en una residencia especializada de Monforte, a pesar de que su hija reclamó judicialmente que le permitiesen a ella atenderla en su casa. Uno de los factores que tiene el cuenta el tribunal para tomar esta decisión es que la hija comparte vivienda con su padre, que en su día fue condenado por maltratar a su esposa.

La mujer que vive en Monforte sufre una discapacidad psíquica y se encuentra bajo la tutela legal de la Fundación Galega para a Tutela de Adultos (Funga), un organismo público dependiente de la Consellería de Política Social. Desde hace un tiempo, vive en la residencia de la asociación Prodeme.

La hija de esta mujer vive en Ourense y recurrió el año pasado a la vía judicial para tratar de conseguir la tutela legal de su madre. Alegaba que ella puede encargarse de cuidar a su madre y apelaba al principio legal de que si una persona con una discapacidad psíquica inhabilitante, como es el caso, dispone de parientes próximos que pueden ejercer correctamente de tutores, la administración debe aceptar esa posibilidad.

Su propuesta fue rechazada el pasado 9 de abril por el juzgado de instrucción número uno de Monforte, al que le correspondió examinar en caso en primera instancia. La hija recurrió aquella sentencia y recientemente la Audiencia Provincial de Lugo acaba de fallar de nuevo en su contra.

Los jueces de la sección primera de la audiencia provincial sostienen que la mujer que presentó la reclamación «no es la persona idónea para ejercer el cargo de tutora de su madre». Como ya había hecho la jueza de Monforte, el tribunal de la audiencia provincial recuerda que el marido de la discapacitada fue condenado en su día por maltratarla y que la hija vive con él en Ourense, lo que podría exponer a la mujer a nuevas agresiones. Esta nueva sentencia añade además que en los años 2014 y 2017 se produjeron dos «episodios de desatención» de esta mujer cuando se encontraba conviviendo con la hija que ahora pide la tutela. Los jueces concluyen que la reclamante no puede atender a su madre «de modo tan satisfactorio como la Funga».