El Sergas pagará 385.000 euros por un error médico que llevó a la muerte a una mujer de 34 años en el CHUO

Marta Vázquez Fernández
Marta Vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Santi M. Amil

Una sentencia condena a la administración sanitaria por una negligencia. La víctima tenía una miorcarditis aguda, pero fue operada de apendicitis

19 mar 2017 . Actualizado a las 09:44 h.

La muerte de una mujer ocurrida en las instalaciones del Complexo Hospitalario de Ourense en julio del 2011 fue consecuencia de una negligencia médica. Así lo asegura una sentencia que condena al Sergas y le obliga a pagar 385.000 euros al viudo y a la hija menor de edad de la víctima, que tenía 34 años y falleció apenas veinticuatro horas después de haber ingresado en la unidad de urgencias y tras ser operada de una dolencia que no padecía. «Cabe concluir que en la conducta de los facultativos actuantes se conjugan todos los elementos para que pueda ser calificada como un caso de negligencia médica atribuible al Complexo Hospitalario de Ourense, al no haber agotado los medios recomendados y disponibles para evitar un error en el diagnóstico de la patología que sufría la paciente», explica la sentencia, que es muy clara al asegurar que «a consecuencia de dicho error, por falta de representación de las probables hipótesis concurrentes en la paciente y que se presume deben representarse los facultativos ante síntomas como los que presentaba, la actuación médica se desencadenó en un conjunto de conductas fundadas en el diagnóstico erróneo».

La víctima, una mujer de origen chino, llegó al hospital el 14 de julio con dolor abdominal, tos seca y mialgias generalizadas, entre otros síntomas. Tras realizársele distintas pruebas los médicos diagnosticaron una «posible apendicitis aguda» por lo que, ante la persistencia del dolor y la fiebre se ordenó que fuese operada. Esto ocurrió a las seis de la tarde del 15 de julio, apenas veinticuatro horas antes de que falleciese tras sufrir una parada cardio-respiratoria.

En realidad, y así lo recoge la sentencia, la paciente no sufría apendicitis sino que tenía una miocarditis aguda, tal y como desveló la autopsia. «Nos encontramos ante un error de diagnóstico», asegura el magistrado encargado de dirimir este caso, en el que el viudo y la hija de la víctima han estado representados por el abogado Cipriano Castreje. El togado lamenta que la mujer fuese sometida a una operación de apendicitis «simplemente como mecanismo para descartar esta patología, omitiendo la realización de otras pruebas complementarias de las que disponía el CHUO». También cuestiona el proceder de los facultativos al no haber tratado de buscar más. «Ante la existencia de infección, el actuar médico brilló por la ausencia de examen específico para determinar la causa de la misma y suministrar el tratamiento adecuado». Cree el togado que de no haberse centrado todas las hipótesis en la apendicitis, se podría haber detectado la miocarditis, que no se considera una enfermedad rara, y salvado la vida de la mujer. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante la Audiencia provincial de Barcelona, ya que el juicio se celebró en esa ciudad.