Libertad vigilada para una madre que ocultó a sus hijas del padre durante seis meses

m. v. OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Imagen de la acusada en la sala
Imagen de la acusada en la sala M. V.

La jueza atribuye la conducta de la acusada a una enfermedad mental y la obliga a seguir un tratamiento médico

22 feb 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

«Al tiempo de cometer los hechos la acusada no tomaba la medicación adecuada a su alteración psíquica, lo que provocó en la misma sintomatología intensa que anulaba de manera completa sus facultades cognitivas y volitivas». Con este argumento exonera la magistrada del juzgado de lo penal 2 de Ourense, Susana Pazos, a una madre que había sido juzgada por un delito de sustracción de menores, por haberse llevado a sus hijas desde el País Vasco hasta Galicia sin el consentimiento del padre, que no pudo verlas durante más de seis meses.

Aunque la magistrada da por probado que la progenitora, Vanesa L. P., se fugó con las menores sin contar con la autorización del padre, al que debía entregárselas por orden judicial, trasladándose primero hasta la localidad de Verín y más tarde a Ribeira, tiene también en cuenta que cuando actuó de este modo sufría los efectos de un «trastorno psicótico agudo polimorfo» que ya padecía previamente y por el que no se medicaba en el momento de los hechos. «Los informes médicos que se incorporan a la causa respecto a la acusada, en los que se reflejaban los diferentes ingresos psiquiátricos que había experimentado la progenitora [...] dan buena cuenta de la alteración psíquica que padecía», recoge la sentencia. En ella se mencionan algunos mensajes que la hija mayor envío a su padre en febrero del 2017, que reflejan la situación de temor en la que vivían las pequeñas por las fabulaciones de la madre, y que la magistrada tilda de «escalofriantes». En ellos la menor dice que su madre le impide ir al colegio, junto con su hermana «porque le quieren quitar la vida» y evidencia lo mucho que extrañaba a su padre durante los meses que no pudo verlo. «Estoy demasiado triste y llorando porque no puedo estar feliz sin ti», llegó a escribir la menor.

Para la togada el contenido de estos mensajes evidencia «el estado psicológico en el que se encontraba la madre y que, por desgracia, estaban sufriendo sus propias hijas», recogiendo además el testimonio de la médico forense que declaró en el juicio. Esta profesional aseguró que «la situación de anulación de la facultad de la acusada para comprender la ilicitud de sus actos, se mantuvo durante todo el período de tiempo en que las menores no pudieron ser localizadas, debido a que la acusada no tomó una medicación adecuada a su trastorno». Así las cosas considera la jueza esta circunstancia como eximente de responsabilidad penal y absuelve a la imputada. Eso sí, se le impone una medida de libertad vigilada consistente en que siga tratamiento médico durante cinco años en una unidad de psiquiatría.