Absuelto de amenazas porque la jueza cree que «te arrepentirás» es una expresión «abstracta»

La Voz OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

M. FERNÁNDEZ

La magistrada no ve posible determinar el mal que anunciaban esas expresiones

16 oct 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Ha quedado probado que un acusado envió a su expareja audios y wasaps en los que profería contra ella expresiones como «zorra», «mala madre», «te arrepentirás», «esto no va a quedar así» o «no sabes con quién estás tratando», sin embargo, la magistrada encargada de ver este caso no ve probado que esas expresiones sean constitutivas de un delito de amenazas. Así lo recoge la sentencia dictada por la jueza en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Penal 1 de la capital ourensana, en la que se absuelve a R. P. G. del delito de amenazas por el que había sido denunciado tanto por la Fiscalía de Ourense como por la perjudicada.

La togada entiende que las aseveraciones «son expresiones abstractas que no concretan el tipo de mal a que se refieren, por lo que no estaríamos ante un mal determinado», asegurando además que «tampoco nos encontramos en condiciones de determinar si este mal era posible». Eso sí, advierte la togada sobre el «carácter vejatorio intrínseco» de las expresiones como «puta» o «asquerosa» que el acusado también vertió sobre la víctima, con la que tuvo problemas tras la separación, si bien no puede condenarlas como injurias o vejaciones, puesto que las acusaciones no lo solicitaron.

Así las cosas, quedan sin condena los mensajes recibidos por la denunciante, quien tampoco ha podido probar que el acusado la hubiera maltratado durante años.