La ley no deja lugar a dudas: los patinetes eléctricos, a la calzada

Serxio Barral Álvarez
Serxio Barral PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

RAMON LEIRO

El Concello solo podrá regular su uso por las calles de plataforma única, que comparten vehículos y peatones

11 ene 2019 . Actualizado a las 11:24 h.

La Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial obliga a los patinetes eléctricos a circular por la calzada. Más exactamente, la legislación estatal en vigor -a la que tienen que adaptarse las normativas municipales- especifica que las aceras son un espacio «reservado» para peatones, entendiendo a estos como «personas que transitan a pie» y también «quienes conducen a pie un ciclo o ciclomotor». El matiz «a pie» para estos últimos es importante, pues no permite circular en bicicleta o en patinete por esos espacios exclusivos para peatones.

¿Existe inseguridad jurídica para los usuarios de patinetes?

No. Aunque no hay una normativa marco específica que hable de vehículos de movilidad personal, el hecho de que la modificación de la ley de Tráfico ratificada mediante real decreto legislativo en octubre del 2015 detalla en el artículo 59 de su anexo primero que las aceras son zonas peatonales, y define a estas como «parte de la vía, elevada o delimitada de otra forma, reservada para la circulación de peatones». Por lo tanto, no se legisla específicamente el uso de patinetes eléctricos, pero sí se excluye específicamente que puedan circular por las aceras, por lo que solo les queda ir por la calzada.

¿Puede regular el Concello el uso de patinetes eléctricos?

Existe jurisprudencia que anuló normativas de Administraciones locales que pretendían permitir la circulación de vehículos de movilidad personal por zonas peatonales. La doctrina del Tribunal Supremo es que prevalezca la referida ley estatal, reservando las aceras exclusivamente para peatones.

¿Qué pasa con las calles de plataforma única?

Son aquellas zonas en las que conviven vehículos y peatones, de las que cada vez hay más en el casco urbano de Pontevedra. Es el caso de todos el centro histórico, y de calles como Michelena, Riestra, Gutiérrez Mellado, Virxe do Camiño... La citada legislación estatal todavía no recoge su existencia, aunque está previsto hacerlo en una nueva normativa para cuya elaboración se pidieron aportaciones a Pontevedra. Al no estar incluidas en la ley, el Concello sí puede regularlas. Como los patinetes eléctricos y bicicletas la consideración de «vehículos», tienen que adaptar su marcha por estas zonas a las normas que rigen para el tráfico motorizado. Es decir, una velocidad máxima de 20 kilómetros por hora, si bien el gobierno local prevé rebajarla a 10 por hora para cualquier tipo de vehículo, incluidos coches, que circule por calles de plataforma única.

¿Es obligatorio que los patinetes eléctricos tenga seguro? ¿Y usar casco?

De momento no, y su regulación excede las competencias municipales, por lo que el Concello no puede hacer referencia a ello en la futura ordenanza de movilidad.

¿Puede haber multas por ir en patinete eléctrico por la acera?

Sí. De hecho, en Pontevedra ya ha habido sanciones -de hasta 400 euros-, por «conducción temeraria», según explicó ayer el concejal de Infraestructuras, César Mosquera (BNG). Este señaló que solo se sanciona si se aprecia que velocidad excesiva o que se pone en riesgo la seguridad de los peatones. También ha habido algún ciclista sancionado en Pontevedra.