Condenados los dueños de dos perros peligrosos que estuvieron a punto de matar a una mujer de 90 años en Melide

Alberto Mahía A CORUÑA / LA VOZ

MELIDE

CEDIDA

El juez les impone una pena de tres meses de prisión, que no cumplirán, y su seguro deberá indemnizar con 28.000 euros a la víctima, a la que los animales arrancaron el cuero cabelludo cuando paseaba por una calle

07 abr 2021 . Actualizado a las 23:47 h.

El Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña ha condenado al propietario de dos perros de raza peligrosa y a su madre a 3 meses de prisión como autores de un delito de lesiones por imprudencia grave. El juez entendió que su negligencia provocó que los animales atacasen a una mujer de 90 años que paseaba por una calle de Melide el 1 de septiembre del 2019. Los canes le arrancaron el cuero cabelludo y la llevaron al borde de la muerte, teniendo que pasar 108 días hospitalizada.

La abogada de esta última solicitó para los propietarios de los perros una pena de 3 años de prisión, mientras que la Fiscalía solicitaba 3 meses, que es finalmente la pena que impuso el juez. Además, la compañía de seguros de los procesados deberá pagar 28.000 euros de indemnización.

El propietario de dos perros de raza american staffordshire contaba con licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y tenía contratado un seguro de responsabilidad civil. A finales del mes de agosto de 2019, el ahora condenado, «siendo conocedor de la agresividad y peligrosidad de los referidos animales, que ya habían protagonizado numerosos incidentes previos atacando tanto a personas como a otros perros, y conociendo asimismo que su madre carecía de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, le encomendó a esta el cuidado de los perros durante una semana», relata la sentencia.

Sobre las 13.15 horas del 1 de septiembre de 2019, la acusada y madre del dueño del can, «vulnerando la prohibición de pasear a más de un animal peligroso a la vez, se encontraba en una finca en las inmediaciones de la calle Sabián de Melide con ambos animales, haciéndolo sin observar las más elementales medidas de precaución en cuanto que los animales se encontraban sin bozal y sin sujeción, y la finca no se hallaba debidamente vallada», añade el fallo. Eso permitió que los perros escapasen y se abalanzaran contra una mujer de 90 años que transitaba por el camino adyacente a la finca, siendo necesaria la intervención de dos ciclistas y de la propia acusada para conseguir detener el ataque.

Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones consistentes en pérdida de sustancia cutánea en cuero cabelludo con varios colgajos, con afectación de casi todo el cráneo, heridas faciales varias y estenosis parcial del canal auditivo externo izquierdo. Tardó en curar 108 días. De ellos, uno estuvo muy grave con estancia en la UCI, 58 días fueron graves con estancia hospitalaria, y 49 días moderados. Precisó tratamiento médico quirúrgico, habiendo sido sometida a tres intervenciones durante y restándole como secuelas perjuicio estético medio (16 puntos) derivada de la existencia de una gran cicatriz en ambos parietales y occipital que se extiende a temporal izquierdo, cicatriz de cinco centímetros en región anterior del pabellón auricular izquierdo, cicatrices de cinco y seis centímetros correspondiente a los injertos de piel extraídos para cobertura, así como estrechez del conducto auditivo externo, que no afecta a la audición.

El titular del Juzgado de lo Penal coruñés entendió, al contrario de la acusación particular, que imputaba a los dueños un delito doloso, que «no hay prueba alguna que permita inferir que alguno de los acusados supiera que con su acción se iba a lesionar a una persona. En este caso, que al dejar los perros sueltos en una finca propiedad de la acusada, y que tenía un cierre deficiente, iba a suceder que estos salieran de la finca y se abalanzaran contra una peatón que circulaba por el camino adyacente».

El hecho sería doloso, añade la sentencia, «si cualquiera de los acusados hubiera azuzado el perro contra un transeúnte, o aunque no lo hiciera directamente, el perro se lanzara contra una persona y pudiendo impedir el daño, no lo hiciera de forma consciente. Por lo tanto, se trata de un delito imprudente, porque lo que ha quedado probado es que los acusados no observaron las más elementales normas de protección y cuidado a que estaba obligados, y a consecuencia de ello una persona resultó lesionada».