Inmobiliarias y dueños de pisos turísticos se enredan en las cifras de las viviendas para alquiler residencial en Santiago

m. m. SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO CIUDAD

PACO RODRÍGUEZ

Los propietarios aseguran que la oferta disponible es mucho mayor de la que dicen las agencias

16 ago 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Ante las quejas del presidente de la Asociación de Inmobiliarias de Galicia, Carlos Debasa, sobre el escaso número de viviendas disponibles para el alquiler residencial, los portavoces de la Asociación de Viviendas de Uso Turístico alegaron ayer que «non é absolutamente obrigatorio» poner las viviendas en manos de una inmobiliaria para ser alquiladas. Apuntaron que ayer mismo se publicitaban «198 viviendas para alugar en Santiago en Idealista, 282 en Fotocasa, y 205 en Habitaclia». Replicaron así al dato de que solo hay disponibles 100 pisos para alquiler ordinario en Santiago. Los propietarios de viviendas de uso turístico (VUT) consideraron que las inmobiliarias «deberan darse por satisfeitas. Son 70 máis das que ten no seu listado o alcalde».

Por otro lado, lamentaron no haber sido invitados a formar parte de la plataforma para la regulación de las viviendas de uso turístico, pese a ser «parte moi interesada». Indicaron que sí forma parte de la plataforma la USC, «que proporciona aloxamento público para o curso 2022-23 ao 5,01 % do seu alumnado».

Asimismo, respecto a la sugerencia del presidente del Clúster, Cesáreo Pardal, sobre que la Hacienda Pública podría tener algo que decir sobre la tributación de este modelo de alojamiento, propietarios de viviendas de uso turístico recuerdan que tributan una media del 37 % en concepto de rendimiento del patrimonio.

Insisten los propietarios de VUT que en el Decreto 12/2017 se definen las condiciones de tres alojamientos, y se consideran «como actividad económica, sujeta a IVA, los apartamentos turísticos y viviendas turísticas, mientras que las viviendas de uso turístico no se califican como actividad económica, sino como «rendimiento de bien patrimonial», y no establece que sea necesaria licencia municipal.